Corte Suprema ordena a banco a pagar dinero sustraído en fraude informático
En la instancia, se declaró como "ilegal y arbitrario" el actuar de la entidad bancaria.
La Corte Suprema ordenó al Banco Santander a restituir los fondos sustraídos a través de un fraude informático a un cliente de la entidad financiera.
La Tercera Sala del máximo tribunal, en fallo unánime, revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que había rechazado el recurso, tras establecer el actuar ilegal y arbitrario del banco al denegar la restitución.
“Teniendo presente los hechos asentados resulta evidente la existencia de antecedentes demostrativos de patrones de fraude, lo que sumado a la falta de habitualidad de las operaciones que se ejecutan de forma inmediata y una dirección IP asociada al uso de dispositivos, permiten descartar que los hechos se han debido única e inequívocamente a una actividad dolosa o negligente del actor”, sostiene el fallo.
En ese sentido, se explica que las obligaciones de monitoreo y control de fraudes recaen expresamente en la institución bancaria, “donde los patrones de conducta del cliente son elementos de juicio para la determinación de una operación engañosa; y, por último, la obligación de vigilancia y el análisis de la correlación de eventos supone evaluar restricciones en número y monto en nuevas operaciones de transferencia electrónica justamente con la función de cautela que la normativa otorga a los bancos”.
“Si bien los operadores bancarios a través de transferencias electrónicas deben confirmar en forma previa la ejecución de un traspaso de fondos la existencia efectiva de recursos o eventualmente créditos disponibles, resulta del todo necesario que a partir de determinados montos preestablecidos por la propia banca, estas operaciones se lleven a cabo y concreten en forma escalonada, mediando un tiempo prudencial de espera que ratifique, confirme o verifique la autenticidad de dicha operación, ejecutada a través de este medio”, señala la sentencia.
En este contexto, se señala que lo anterior permite mitigar los riesgos y disminuir la posibilidad de que los canales electrónicos se puedan transformar en vehículos para efectuar fraudes.
La corte declaró que el actuar “ilegal y arbitrario” del banco -al negarse injustificadamente a devolver el dinero- afecta directamente el patrimonio del cliente.
Al acoger el recurso de protección del afectado por el fraude informático se ordenó a Banco Santander restituir la suma de $5.842.518, descontando el pago efectuado por el seguro respectivo.