Plaza Ñuñoa: Corte de Apelaciones desecha delito de torturas contra carabineros
El tribunal de alzada solo los acusó de violencia innecesaria, por lo que revocó la prisión preventiva en su contra y ordenó su libertad.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago desechó el delito de torturas para los cinco carabineros formalizados por su agresión contra Moisés Órdenes, hecho ocurrido en Plaza Ñuñoa, en los primeros días del estallido social y que fue transmitida por TV.
El tribunal de alzada solo los acusó de violencia innecesaria, por lo que revocó la prisión preventiva en su contra y ordenó su libertad.
Jorge Villalobos, abogado de uno de los uniformados, declaró a radio Cooperativa que “lo tomamos muy bien, obviamente no compartíamos en lo absoluto la calificación jurídica de tortura, nos parecía muy grave para el hecho, nadie está negando el hecho”.
“Hay imágenes bastante claras de lo que ocurrió, pero no permitía configurar en ningún caso el delito de tortura, que era lo único, dado la gravedad de la pena, que estaba justificando la prisión preventiva que se había decretado, que es una medida extrema, y esa era nuestra lucha”, argumentó.
Para Villalobos, la prisión preventiva “atenta contra el principio de inocencia, porque anticipa una pena, por eso es que estábamos muy en desacuerdo con la medida que había adoptado el tribunal y estamos muy satisfechos de que la Corte nos haya dado la razón”.
En vista de esta situación, los cinco carabineros involucrados quedaron con medidas cautelares de firma semanal y arraigo nacional.