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Actualizado el 30 de Enero de 2020

Diario Oficial publica ley que sanciona “el que baila pasa”

La nueva normativa modifica el Código Penal para tipificar acciones que “atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios”.

Por Redacción EL DÍNAMO
el que baila pasa
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Este jueves fue publicado en el Diario Oficial la legislación que tipifica como delito el denominado “el que baila pasa”. En concreto, es la Ley N°21.208 que modifica el Código Penal para tipificar acciones que “atenten contra la libertad de circulación de las personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios”.

La nueva normativa consigna que “el que, sin estar autorizado, interrumpiere completamente la libre circulación de personas o vehículos en la vía pública, mediante violencia o intimidación en las personas o la instalación de obstáculos levantados en la misma con objetos diversos, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo”.

“Idéntica pena se impondrá a los que, sin mediar accidente o desperfecto mecánico, interpusieren sus vehículos en la vía, en términos tales de hacer imposible la circulación de otros por esta”,agrega.

Junto con eso, “será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio el que lanzare a personas o vehículos que se encontraren en la vía pública instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes potencialmente aptos para causar la muerte o producir lesiones corporales, a menos que el hecho constituya un delito más grave. El tribunal, al momento de determinar la pena, tendrá especialmente en consideración la peligrosidad del instrumento, utensilio u objeto lanzado”.

“Cuando los delitos sancionados (…) se perpetraren con ocasión de calamidad pública o alteración del orden público, sea que se actúe en grupo o individualmente pero amparado en este, se aumentará la pena privativa de libertad respectiva en un grado”, agrega la nueva ley.

La legislación también apunta a aquellos delitos “que contribuyan a la sustracción o destrucción de todo o la mayor parte de aquello que había o se guardaba en algún establecimiento de comercio o industrial o del propioestablecimiento. En estos casos el hecho se denominará saqueo”.

Ley que tipifica como delito “el que baila pasa” by El Dinamo on Scribd

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