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20 de Febrero de 2020

Justicia rechaza recurso de John O’Reilly para poder regresar a Chile

Y es que la defensa del sacerdote presentó la acción judicial “con el único propósito de visitar temporalmente a amigos y cercanos que compartieron con él durante los años que permaneció en Chile”.

Por Redacción EL DÍNAMO
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por el sacerdote irlandés John Joseph Reilly, quien fue condenado como autor del delito reiterado de abuso sexual de menor de edad en Chile.

En fallo unánime, la Novena sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Jorge Zepeda, Inelie Durán y Paulina Gallardo– descartó actuar ilegal del Departamento de Extranjería recurrido, que no permitir el retorno del sacerdote que fue expulsado tras cumplir con la sentencia penal dictada en su contra por abuso contra una estudiante del Colegio Cumbres.

Y es que la defensa del sacerdote presentó la acción judicial “con el único propósito de visitar temporalmente a amigos y cercanos que compartieron con él durante los años que permaneció en Chile”.

Sin embargo, el tribunal recalcó que “en este sentido, John Joseph Reilly ha sido condenado por el delito reiterado de abuso sexual a menor de edad, y además de la pena privativa de libertad impuesta de cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo; entre las penas accesorias, se resolvió condenarlo a la de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, por lo que fluye la hipótesis normativa de que: ‘se prohíbe el ingreso al país de los siguientes extranjeros: (…) Nº 2.- del artículo 15 de la Ley de Extranjería (…) en general, los que ejecuten actos contrarios a la moral o a las buenas costumbres’, contenido normativo que abarca el sentido fáctico jurídico de la declaración de voluntad del Jefe del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior, por lo que la medida de restricción ambulatoria se ajusta al estándar de proporcionalidad, al considerar aquel principio orientador del ‘interés superior del niño’, lo que resulta suficiente, no obstante que la causal de impedimento del Nº 6 de ese mismo artículo 15, carezca de requisitos formales para invocarla, como lo es el requisito exigido por la norma de la existencia del Decreto Supremo correspondiente”.

Cabe recordar que John O’Reilly, quien recibió la nacionalidad por gracia y luego la perdió por su condena, también fue hallado culpable por el Vaticano, quedando suspendido del ministerio sacerdotal y no podrá acercarse de por vida a menores de edad.

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