Inviable: experta asegura que demandas a padres por destrozos de sus hijos en manifestaciones no tienen futuro
"Son delitos muy difíciles de perseguir por el Estado", afirman especialistas.
Una demanda civil en contra de los padres cuyos hijos realicen destrozos durante las manifestaciones, es lo que prometió el Gobierno durante esta semana. Medida que, si bien, busca reducir los daños a la infraestructura pública y privada que se ha visto afectada desde el 18 de octubre, fue duramente critica por especialistas.
Por ejemplo, la académica de la Universidad Central y abogada experta en temas de infancia, Lucia Rizik, explicó a EL DÍNAMO que “es una medida inviable” porque, entre otras cosas, “se debe identificar al autor material, comprobar que destruyó el mobiliario por negligencia de sus padres en el cuidado y que los tutores cuenten con los recursos para costear los eventuales pagos”.
“No es una medida para prevenir, es sólo para reparar con alcances limitados (…) Es curioso que el anuncio se haga con ocasión primero de daños por manifestaciones, cuando los niños ocasionan un millón de otros daños y el Estado no anuncia estas medidas, por ejemplo, en delitos como cyber bullying o de cyber acoso”, aseveró la abogada.
El anuncio de estas demandas civiles lo realizó la subsecretaria de la Niñez, Carol Bown. Según dijo en el conteo oficial de menores detenidos durante el miércoles, “la responsabilidad civil sí puede ser perseguida respecto a la responsabilidad que tienen los padres de lo que hacen sus hijos”.
“Tanto el Ministerio del Interior, como el Consejo de Defensa del Estado, ejercerán todas las acciones que le permite la ley para hacer responsables civilmente a los padres de los ilícitos cometidos por los hijos”, complementó luego.
El largo camino de este tipo de acciones
Pese a que Lucia Rizik afirmó que “la ley de responsabilidad civil de los padres por daños de sus hijos existe desde siempre -está en el Código Civil a partir de 1855-“, estas demandas civiles se caracterizan por “ser muy difíciles de perseguir por parte del Estado o de municipios”.
Un ejemplo de esta dificultad es lo que viene experimentando la Municipalidad de Santiago desde 2017, cuando iniciaron por primera vez una acción civil en contra de los apoderados de alumnos que dañaron los establecimientos educacionales Teresa Prat, Instituto Nacional, Confederación Suiza y Amunátegui.
La medida denominada “Rompe-paga” ya suma once demandas civiles en los tribunales de la Región Metropolitana, pero hasta el momento, y según confirmaron a EL DÍNAMO desde el propio municipio, la justicia no ha fallado en ninguno de estos casos.
“Aquí buscan que alguien pague por estos daños. El sistema de responsabilidad chilena es un sistema por culpa. Entonces, el Estado va a tener que probar que el daño que ocasionó ese niño se hizo por una irresponsabilidad en el cuidado por parte de los padres”, reveló la experta.
Más tarde profundizó en estos argumentos y explicó que desde la perspectiva probatoria y de tipicidad “es bien difícil de configurar estos delitos”, pues, “las leyes nos dicen que debemos entregarles a nuestros hijos una mayor autonomía que sea progresiva, además que el cuidado se debe ejercer bajo facultades de dirección y orientación, pero no de control. Entonces, ahora se les dice a los padres ‘usted va a ser culpable también del control’“.
“En un sistema como el nuestro se requiere que la persona a cargo de los daños -en este caso los padres- tengan un patrimonio con el cual pagar. El Estado se va a ver involucrado en un procedimiento extenso para fijar indemnizaciones que igualmente no van a tener dónde ser cobradas, porque no siempre hay un patrimonio que permita pagarlas”, concluyó Rizik.
Desde el Consejo de Defensa del Estado (CDE) explicaron a EL DÍNAMO que hasta el momento “no hemos recibido ningún antecedente con respecto a este tema”, y tampoco, “la Subsecretaría ha requerido al Consejo”.
Además explicaron que si bien la Subsecretaría de la Niñez o el Ministerio del Interior podrían enviar antecedentes durante los próximos días, estos serán analizados “en su mérito” por el comité civil del Consejo. Durante esta instancia se dimite si corresponde o no las acciones, considerando todos los antecedentes del caso.