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7 de Abril de 2020

Privacidad en medio del coronavirus: qué pueden hacer las comunidades de edificios ante un caso positivo

Tras las denuncias de trabajadores de la salud, quienes habrían sido discriminados por ser potenciales "agentes de contagio", autoridades y expertos aclaran las principales dudas de los que viven en departamentos.

Por Hernán Claro
comunidades edificios
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Una denuncia hecha por el Colegio Médico (Colmed) confirmó que algunos trabajadores de la salud en Chile están siendo discriminados por los otros habitantes de los edificios donde residen, ante la sospecha de que puedan ser agentes de contagio del coronavirus.

“Con preocupación nos hemos enterado como Colegio Médico que en algunos centros habitacionales o condominios se ha restringido la libre circulación del personal de salud que vive ahí. Rechazamos este tipo de medidas, que no responde a criterios técnicos que evite la propagación del coronavirus”, denunció el vicepresidente del Colmed, Patricio Meza.

Situación que ha llevado a más de uno a preguntarse qué se puede y qué no se puede hacer si vivo en una de estas comunidades. Así como también, hasta dónde llega la Ley 20.584 que en su artículo Nº13 exige al Instituto de Salud Pública, Ministerio Público, clínicas, hospitales públicos y otras instituciones, “asegurar la reserva de la identidad del titular las fichas clínicas a las que accedan, de los datos médicos, genéticos u otros de carácter sensible”.

¿Puede el personal de la salud estar en espacios comunes?

Según confirmó durante el fin de semana el propio intendente de la Región Metropolitana, Felipe Guevara, ante casos como el ocurrido en Quinta Normal, en que se prohibió a un trabajador del sector de la salud usar los ascensores del edificio donde vive, no se puede negar el uso de los espacios comunes.

“Las personas de la salud muestran un gran sacrificio y compromiso que está a la vista, por lo tanto, hay que respaldarlos, apoyarlos y no discriminarlos”, indicó Guevara.

De hecho, llamó a quienes se sientan discriminados por sus comunidades a denunciar. Luego, de acuerdo a lo dicho por Guevara, “nosotros vamos a ir con la policía a restablecer el orden como corresponde”, pues, “ninguna comunidad de un condominio tiene derecho a restringirle a un propietario o arrendatario la circulación y uso de todos los espacios comunes del edificio“.

¿Debo avisar a la administración si tengo coronavirus?

Consultado por EL DÍNAMO, el abogado y académico de la Universidad Mayor, Francisco Ríos, afirmó que efectivamente los pacientes con COVID-19 positivo deben avisar a la respectiva administración de su edificio en el caso de contraer el Covid-19.

Luego el especialista aclaró que se hace sólo “para tomar todas las medidas preventivas y conservativas para que no se expanda la enfermedad”.

En el caso de los vecinos enfermos de coronavirus, de acuerdo a circulares entregadas por algunas comunidades en la Región Metropolitana, se les pide informar cuando necesiten trasladarse a un centro de salud, para posteriormente limpiar todo el trayecto recorrido, incluyendo la desinfección del ascensor utilizado.

¿La comunidad puede difundir mi nombre si tengo COVID-19?

Ante esta interrogante, los especialistas llaman a “tomar ciertos resguardos en la difusión de identidades y otros datos personales de los pacientes”.

El abogado y expertos en temas inmobiliarios del Grupo Wolf, Jaime Figueroa, explicó a EL DÍNAMO que “si bien es cierto que el administrador del recinto debería estar en conocimiento de la existencia de un caso positivo de coronavirus, el tratamiento de esa información tiene que ser extremadamente cuidadoso”.

“No puede divulgarlo porque evidentemente dicha divulgación podría generar un tratamiento discriminatorio hacia el afectado por parte de los otros moradores”, agregó Figueroa, ya que sería una infracción directa a la ley que regula los derechos y deberes de los pacientes.

De todas formas, Figueroa aseguró que normalmente la idea no es dañar la honra de nadie, sino que “el administrador la pueda ocupar para tomar mayores medidas, sobre todo en relación a la higiene y limpieza de los espacios donde habita o ha transitado el infectado”.

¿Puede la administración crear nuevas reglas ante la emergencia?

Con la irrupción del COVID-19 varias comunidades de edificios han creado sus propias reglas para el tratamiento de la enfermedad. Así, se han restringido el uso de espacios comunes, como juegos infantiles, gimnasio y áreas verdes.

Sin embargo, para el académico Francisco Ríos es “prácticamente imposible” cambiar los reglamentos de copropiedad para establecer como normas las medidas ante el coronavirus, ya que, “por ley se debe llamar a una sesión extraordinaria de copropietarios”.

“Hay libertad para establecer normas a través de un instructivo, pero no implica que el instructivo sea una modificación al reglamento de propiedad, porque no existe un reglamento en Chile que diga cómo actuar ante una pandemia”, concluyó.

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