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9 de Abril de 2020

Personas próximas a jubilarse podrán congelar sus fondos para evitar pérdidas

La Superintendencia señaló que en la actualidad, desde la fecha de solicitud de pensión hasta la fecha de otorgamiento, el saldo para pensión puede variar positiva o negativamente.

Por Redacción EL DÍNAMO
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La Superintendencia de Pensiones (SP) dispuso una norma, que entrará en vigor el próximo 1 de junio, que permitirá a las personas que estén próximos a jubilarse transferir sus fondos previsionales a una cuenta corriente y así evitar que sus recursos se vean afectados por las variaciones en la rentabilidad de las inversiones, especialmente afectadas por el coronavirus.

El organismo detalló que en la actualidad, desde la fecha de solicitud de pensión hasta la fecha de otorgamiento de aquella, el saldo para pensión de los afiliados y beneficiarios puede variar positiva o negativamente, dependiendo de las fluctuaciones del mercado financiero donde se encuentran invertidos los fondos. Esto implica que las personas no tengan certeza sobre cuál será su saldo final al momento del cálculo de su pensión, dado que este se encuentran expresados en cuotas.

Ante esto, la norma de la Superintendencia propone que el afiliado o sus beneficiarios al momento de efectuar la solicitud de pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, puedan solicitar a su AFP que transfiera todo el saldo de ahorro previsional que destinarán a pensión, hacia una cuenta corriente, con el único objetivo de mantener sin variación su ahorro previsional a la fecha en que realiza la solicitud de pensión y hasta la fecha en que la pensión le sea concedida o que desista de pensionarse.

En su propuesta normativa, la SP señala explícitamente que la opción de destinar los ahorros previsionales a una cuenta corriente de los fondos de pensiones estará vigente solo hasta que el afiliado o afiliada haya seleccionado la modalidad de pensión en su AFP, o haya desistido de pensionarse.

Por su parte, la selección de modalidad de pensión de retiro programado o renta temporal, o el desistimiento del trámite de pensión, la norma indica que los ahorros destinados a pensión vuelven a expresarse en cuotas y estar sujetos, por tanto, a la rentabilidad de los fondos.

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