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17 de Abril de 2020

Con plazo de vigencia indefinido: los detalles del uso obligatorio de mascarillas que rige desde hoy

El Diario Oficial publicó la normativa en medio de la pandemia por coronavirus. Quienes no porten el elemento de protección arriesgan una multa de $2,5 millones.

Por Sebastián Dote
mascarillas coronavirus
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A primera hora de este viernes el Diario Oficial publicó la normativa que obliga el uso de mascarillas en diversos espacios públicos, esto debido a la pandemia del coronavirus que afecta al país.

La medida había sido anunciada durante el jueves por el ministro de Salud, Jaime Mañalich, quien había planteado que se necesitaba un criterio uniforme para regular el uso de elementos de protección en la vía pública, esto debido a que algunos municipios estaban tomando sus propias medidas.

El decreto de uso de mascarillas por el coronavirus está vigente desde las 05:00 de este viernes y tendrá una vigencia indefinida “hasta que las condiciones epidemiológicas permitan su suspensión”.

¿Qué se entiende por mascarilla?

El decreto definió puntualmente lo que implica portar una mascarilla. Según el documento, el elemento consiste en “cualquier material que cubra la nariz y boca para evitar la propagación del virus, ya sea de fabricación artesanal o industrial”.

El uso en el transporte

Esta medida estaba vigente desde hace algunos días, pero con esta normativa se reforzó, ya que no solo estará presente en el transporte público (locomoción colectiva, taxis, colectivos y Metro) o privado (aplicaciones y autos particulares), ya que los usuarios de ascensores o funiculares, ya sean públicos o privados, también tendrán que usar mascarilla independiente de la cantidad de personas con las que se comparta el espacio. Es decir, incluso si van solos.

Los espacios públicos

La gran novedad de esta disposición es la aplicación del uso de mascarillas obligatorio por coronavirus en espacios públicos, siempre que se encuentren 10 o más personas en un mismo espacio.

Estos lugares son los siguientes:

  • Espacios cerrados en establecimientos de educación parvularia, básica, media y de educación superior.
  • Espacios cerrados en aeropuertos y terrapuertos.
  • Espacios cerrados en teatros, cines, discotecas, casinos de juego y recintos análogos.
  • Espacios cerrados en supermercados, centros comerciales, hoteles, farmacias y demás establecimientos similares de libre acceso al público.
  • Espacios cerrados en establecimientos de salud, públicos y privados.
  • Espacios cerrados en aquellos lugares en que se fabriquen, procesen, depositen o manipulen productos, medicamentos o alimentos.
  • Espacios cerrados en lugares de trabajo.
  • Galerías, tribunas y otras aposentadurías destinadas al público en los recintos deportivos, gimnasios o estadios. Se exceptúan lo dispuesto en este literal los deportistas mientras dure la práctica del deporte.

Las sanciones

La subsecretaria de Salud, Paula Daza, precisó durante esta jornada las sanciones que arriesgan las personas que no lleven mascarillas en los lugares mencionados, señalando que “en caso de que una persona no use la mascarilla, arriesga una multa de $2,5 millones de sanción“.

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