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Actualizado el 8 de Mayo de 2020

Fiscalizar toque de queda y cultos religiosos: las nuevas facultades que tendrán los municipios con decreto del Gobierno

Según el documento que recibieron algunos alcaldes en La Moneda, desde hoy los trabajadores de seguridad municipal estarían a disposición de las exigencias del Jefe de la Defensa Nacional.

Por Hernán Claro
decreto municipios
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Desde el comienzo de la pandemia por COVID-19 en nuestro país uno de los principales reclamos de los municipios de Chile ha sido que no cuentan con las facultades suficientes para, por ejemplo, impedir que personas circulen después del horario de toque de queda y el incumplimiento de las cuarentenas ya decretadas por las autoridades sanitarias.

Eso hasta hoy, pues, tal como lo anunció durante el jueves el Presidente Sebastián Piñera en compañía de las asociaciones de municipalidades y otros alcaldes de la Región Metropolitana, firmará un nuevo decreto para entregar mayores facultades a los departamentos de seguridad ciudadana de cada municipio del país.

Un tema que según contó a EL DÍNAMO el presidente de la Comisión de Seguridad de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM) y alcalde de Talcahuano, Henry Campos, “es urgente”, ya que “una de las críticas importantes que hemos hecho es que hoy en las calles, según nos han informado todas las comunas del país, existe un gran número de personas que circulan en toque de queda”.

Se han cometido delitos durante el toque de queda y pareciera que no se está cumpliendo el objetivo sanitario de las autoridades, que es reducir el número de contagiados con coronavirus”, explicó.

Todo lo que podrán fiscalizar municipios según decreto

De acuerdo al decreto entregado a los alcaldes que participaron de la reunión en La Moneda, las nuevas atribuciones de los municipios se basarán en poder fiscalizar con multas el no uso de mascarillas en los espacios públicos, que se respete el toque de queda y las cuarentenas, también pedir los respectivos salvoconductos a la ciudadanía y verificar que no haya reuniones de más de 50 personas.

En definitiva, “deberán participar en todas aquellas funciones que determine el respectivo jefe de la Defensa Nacional”, siempre y cuando se respeten las facultades entregadas a este por ley.

Nuevas atribuciones que antes no existían, pues, los inspectores municipales que detectaban estas situaciones se debían remitir a conversar y hacer sugerencias a los infractores.

En el caso de los salvoconductos los inspectores municipales podrán solicitarlos a los “transeúntes, usuarios de la locomoción colectiva, choferes y pasajeros de automóviles y comercio durante la vigencia del aislamiento, toque de queda y en las zonas declaradas en cuarentena por autoridades sanitarias”.

A partir de hoy las autoridades municipales también podrán ayudar en la fiscalización de las medidas preventivas dictadas por la autoridad sanitaria. Es decir, que las personas lleven mascarillas y que no se registren reuniones con más de 50 personas.

Al respecto, Henry Campos precisó que esto significa, por ejemplo, poder fiscalizar las reuniones y cultos religiosos, pero también que “se respete el máximo de personas en supermercados o en la vía pública”.

En esta misma línea, ahora los municipios a través de sus unidades de seguridad podrán fiscalizar que el comercio cumpla con las medidas de sanitización y distanciamiento social instauradas por las autoridades sanitarias.

También podrán denunciar a las autoridades cuando se descubran casos de personas con COVID-19 y que no estén respetando la cuarentena que deben guardar.

“Si tenemos la sospecha de que alguien tiene el virus y que no está en su casa podemos ir hasta su domicilio para constatarlo y denunciar el hecho”, contó Campos.

Otras nuevas atribuciones del personal municipal

Sin embargo, el decreto no sólo contempla medidas de fiscalización para faltas sanitarias, sino que además, de otros tipos de ilícitos que se pueden seguir dando, pese al contexto de la pandemia.

Por ejemplo, de acuerdo al documento, ahora los inspectores municipales podrán “colaborar con Carabineros en el control de tránsito para restablecer el normal flujo vehicular cuando este se vea interrumpido con cortes de calle o semáforos inutilizados”.

También, participarán en la “fiscalización del consumo de drogas y alcohol en lugares prohibidos”, y podrán, “ejercer las facultades que establece el Código Procesal Penal en caso de flagrancia”.

Por último, Henry Campos explicó que si bien muchas de estas medidas ya han sido adoptadas por algunos municipios -como multar a quien no use mascarilla-,  la idea del decreto es estandarizar el actuar de todos. Además, se busca “hacer efectivo el apoyo en materia de seguridad ciudadana que reconoce la Ley 18.625 (Ley Orgánica de Municipalidades)”.

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