Promulgada ley de retiro del 10%: qué es lo que viene y cuando puedes retirar tus fondos
Tras su toma de razón por parte de Contraloría y su publicación en el Diario Oficial, se espera que este miércoles 29 se puedan iniciar los trámites para el retiro de fondos.
El Presidente Sebastián Piñera promulgó este viernes, a puertas cerradas, la ley de retiro del 10% de los fondos de las AFP, debiendo pasar ahora a la toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
Según un comunicado de la Presidencia, el Mandatario estuvo acompañado de los los ministros de Hacienda, Segpres, del Trabajo (S), poniendo su firma a la reforma constitucional que permite el retiro excepcional de los fondos acumulados de capitalización individual.
Tras esto, desde Palacio informaron que la iniciativa será enviada este lunes a la Contraloría, para su toma de razón.
Después de este trámite, esta nueva normativa debe ser publicada en el Diario Oficial este martes, con lo cual a partir del miércoles 29 de julio se podrá iniciar los trámites necesarios para el retiro de los recursos.
¿Cómo hago la solicitud para retirar los fondos?
Para pedir el retiro de los fondos de pensión, los afiliados deberán contactarse con las AFP y solicitar el retiro a través de tres formas:
- Plataforma con soporte digital
- Soporte telefónico
- Atención presencial
Cada administradora deberá informar oportunamente a sus afiliados sobre cómo acceder a estos canales de atención, es decir, las direcciones web, números de teléfono y oficinas con atención.
¿Cuándo se pueden retirar los fondos?
Luego de hacer la solicitud y que sea aceptada por cada AFP, el afiliado recibirá el fondo de pensión retirado dos cuotas:
- La primera será en un plazo máximo de 10 días hábiles tras presentar la solicitud a la AFP y será del 50% del monto involucrado.
- El segundo retiro por el 50% restante será en un plazo máximo de 30 días hábiles a contar del primer desembolso.
El pago será de hasta dos cuotas de máximo 75 UF cada una, es decir, cerca de 2.150.000 pesos en cada cuotas como máximo.
Los fondos se transferirán automáticamente a la Cuenta 2 de la AFP o a una cuenta bancaria del afiliado, sin costo alguno. También se podrá depositar en Cuenta Corriente y Cuenta RUT.
¿Cuánto dinero puedo retirar?
De acuerdo a la normativa, el monto mínimo a retirar de los fondos de pensión será de 35 UF, es decir, aproximadamente un millón de pesos.
Si el millón de pesos supera el 10% del fondo total, los beneficiarios en esta condición igual podrán retirar 35 UF. En el caso de que el monto total acumulado sea menor a las 35 UF, se podrán retirar todos los fondos.
En tanto, el monto máximo será equivalente a 150 UF, unos 4,3 millones de pesos.