Ya está habilitada la plataforma que retendrá 10% de las AFP a deudores de pensión de alimentos
Los demandantes deberán ingresar al portal del Poder Judicial para acceder al trámite completamente online.
El Poder Judicial habilitó la plataforma que permitirá la retención del 10% de los fondos de las AFP a los deudores de pensión de alimentos, lo que deberá ser tramitado por el cuidador del menor.
El pasado domingo el Poder Judicial informó que agregaría este trámite a los procedimientos que se pueden realizar vía online, sin necesidad de abogados ni salir del domicilio, con el fin de evitar aglomeraciones y contagios de coronavirus COVID-19 en el proceso.
En concreto, los demandantes deben ingresar a la página web y pinchar la opción “Retención judicial del retiro del 10% de la AFP” .
Posteriormente, deben ingresar al portal por medio de la Clave Única y rellenar los datos solicitados en el formulario., para finalmente enviar al tribunal desde la misma plataforma.
La ministra de la Corte de Suprema Gloria Ana Chevesich detalló que luego de que se ingresa la solicitud, los juzgados de familia “decretarán la respectiva medida cautelar de esos fondos, comunicándola a la administradora de fondo de pensiones que corresponda, así las y los solicitantes puedan estar tranquilos a la espera de que se cumpla el trámite completo”.
“En el Poder Judicial sabemos que un grupo importante de personas requiere contar prontamente con dichos fondos para satisfacer necesidades urgentes que debían serlo con las pensiones alimenticias decretadas, en su oportunidad”, agregó Chevesich.