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10 de Agosto de 2020

Fisco deberá indemnizar a hombre tras perder ojo por balín de Carabineros

El hecho ocurrió en Aysén durante manifestaciones registradas en marzo de 2012, donde la víctima recibió un balín de goma en el rostro.

Por Cristián Meza
balín indemnización
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La Corte Suprema condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 95 millones de pesos a un trabajador y su familia por la pérdida de la visión en uno de sus ojos durante manifestaciones registradas en Aysén, en marzo de 2012, producto del disparo de un balín de goma por Carabineros.

En la sentencia, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció responsabilidad del Estado por falta de servicio con que actuó de Carabineros en el restablecimiento del orden público.

“Que, si bien en los casos justificados y que sea necesario, Carabineros de Chile está autorizado por nuestro ordenamiento jurídico para hacer uso de la fuerza, la institución resulta responsable cuando ese uso no resulta adecuado a los fines buscados -el restablecimiento del orden público- o cuando de su actuar derivan consecuencias alejadas de dicho fin, que pudieron ser evitadas por la institución”, plantea el fallo.

La resolución agrega que no se encuentra discutido que el elemento que causó la lesión sufrida por el actor corresponde a un balín de goma proveniente de un cartucho antidisturbios disparado por un funcionario de Carabineros el día de los hechos.

Para el máximo tribunal, “en este escenario, resulta establecida la existencia de una falta de servicio por parte de la demandada, por cuanto el actor recibió en su ojo derecho un balín de goma disparado desde una escopeta antidisturbios de aquellas manejadas por sus funcionarios, en circunstancias que su uso no lo hacía necesario, siendo en tal escenario la institución responsable por las consecuencias de dicho disparo, en tanto se trata de efectos posibles y cuyo riesgo de ocurrencia es asumido por la autoridad al momento de autorizar su utilización que, en el caso de los hechos del 15 de marzo de 2012, fue de un total de 225 cartuchos, según el documento de fojas 279”.

“Que dicha falta de servicio, además, resulta la causa directa de las lesiones sufridas por el actor y, a mayor abundamiento, así lo estableció el propio Fiscal Militar a cargo de la investigación, en su dictamen de 14 de enero de 2014 ya referido, el cual indica en su motivo cuarto: ‘Que, conforme al Informe Médico Legal de fs. 35, sumado al Informe de fs. 13 y 14, resulta posible para este Fiscal Instructor concluir que el elemento que causó la lesión grave sufrida por la víctima, correspondería a una posta o balín de goma de un cartucho antidisturbios disparado por personal de Carabineros el día de los hechos'”, concluye.

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