Senado despacha a ley retención del 10% para el pago de pensiones de alimentos
Los juzgados deberán remitir periódicamente a las AFP una nómina de los deudores de pensiones alimenticias.
La Sala del Senado aprobó por unanimidad el proyecto de ley que asegura el pago de pensiones de alimentos con retiros de fondos de AFP, quedando en condiciones de promulgarse y convertirse en ley.
Según la normativa, el juez a petición de parte, podrá decretar la retención de los fondos que el afiliado quiera retirar en el marco de la ley que permite el retiro voluntario del 10% de los fondos de las AFP.
Una vez recibida la solicitud, el tribunal deberá resolver en un plazo máximo de 48 horas.
La retención tendrá efecto desde la notificación a la AFP respectiva, si no se conoce la administradora el tribunal deberá notifica a cada una de ellas.
Si la retención es notificada a la AFP después de haber entregado la primera cuota, la medida tendrá efecto en la segunda cuota.
Además el afiliado podrá solicitar que la retención de fondos sea limitada al monto necesario para responder por la deuda de alimentos.
Los juzgados deberán remitir periódicamente a las AFP una nómina de los deudores de pensiones de alimentos.
Durante el debate, la senadora DC Ximena Rincón recalcó que “no son papitos corazón, son infractores de ley y de papitos tienen solo el nombre. 9 de cada 10 deudores de pensiones de alimentos son hombres, agravando la situación desmejorada de la mujer y sus niños. Este es un tema de infancia”.
Por su parte, el UDI Iván Moreira apuntó que “ocupar parte o el total del 10% constituye una posibilidad de regularizar la situación. Para aquellos infractores de la ley que deliberadamente buscan escaparse de su responsabilidad, este proyecto constituye una sanción ejemplificadora”.