TC acoge recurso contra Ley Pascua que beneficia delitos sexuales en Rapa Nui
El organismo impugnó los artículos 13 y 14 de la Ley 16.441, que crea el Departamento de Isla de Pascua, donde los delitos de índole sexual recibirían una pena menor que si fuera cometido en el continente.
El Tribunal Constitucional acogió un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en contra de la Ley Pascua, vigente desde 1996, la cual adaptaba la legislación a Rapa Nui, estableciendo rebajas y beneficios para quienes cometan delitos de violación y abuso sexuales.
Por ocho votos a uno, el organismo impugnó los artículos 13 y 14 de la Ley 16.441, que crea el Departamento de Isla de Pascua, donde los delitos contra la propiedad y de índole sexual “cometidos por naturales de la isla y en el territorio de ella, se impondrá la pena inferior en un grado al mínimo de los señalados por la ley para el delito de que sean responsables”.
Por su parte, en el caso del artículo 14, se consigna que quienes enfrenten penas de cárcel, podrán cumplir “hasta dos tercios de la pena fuera del establecimiento carcelario”.
Este recurso fue inaplicabilidad fue presentado por el juez Alex Guzmán, del Juzgado Mixto de Rapa Nui, respecto del caso de Daniel Paoa, formalizado por un caso de violación contra una mujer del continente, en un hecho ocurrido el 6 de octubre del año pasado y donde Ministerio Público pide una pena de 15 años de prisión.
Esta resolución fue celebrada por la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett, quien declaró a radio Cooperativa que “la violencia contra las mujeres debe tener las mismas sanciones en todo el territorio nacional”.
“Hoy no es aceptable que existan penas diferentes para delitos tan graves como la violación o el abuso sexual. Por eso, como Gobierno, junto al Ministerio de Desarrollo Social, estamos trabajando derogar dos artículos anacrónicos que discriminan a las mujeres que viven en determinado territorio”, declaró.