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7 de Diciembre de 2020

Cómo pedir en el Poder Judicial la retención del segundo retiro por deuda de pensión alimenticia

Este trámite se puede realizar solo a partir de la publicación de la ley, es decir del 10 de diciembre.

Por Cristián Meza
retención pensión retiro Este trámite se puede realizar solo a partir de la publicación de la ley, es decir del 10 de diciembre. Foto: Agencia UNO
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El Departamento de Informática del Poder Judicial informó que, a partir de este jueves, estará disponible el Trámite Fácil para la solicitud de la cautela de fondos en el marco del retiro del segundo 10% de los fondos previsionales para pagar deudas de pensión de alimentos. En este mismo trámite quedará gestionada la solicitud para la subrogación.

Para realizar el trámite, hay que ingresar al sitio web tramitefacil.pjud.cl. Ahí se encontrará un botón que dice “Retención judicial del retiro del segundo 10% de las AFP”. Al hacer click, se despliega un formulario con los datos básicos del solicitante, del demandado y de la causa.

Este trámite se puede realizar solo a partir de la publicación de la ley, es decir del 10 de diciembre, mediante Clave Única o cédula de identidad vigente.

Tras ingresar el formulario, el tribunal comenzará la tramitación de la solicitud, la que implica como primera resolución la cautela de los fondos del demandado hasta que el tribunal genere la liquidación y culmine la solicitud mediante una orden de pago.

Para agilizar la labor de los juzgados y a diferencia del primer retiro, las demandantes tendrán la posibilidad de presentar un solo escrito solicitando la retención judicial.

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