Segundo retiro del 10% es publicado en el Diario Oficial: así quedó la normativa
Los afiliados y pensionados del sistema de capitalización individual tendrán hasta un año para realizar el proceso de retiro.
Tal como anunció La Moneda tras la aprobación del segundo retiro del 10% en el Congreso, este jueves se publicó en el Diario Oficial la normativa, dando inicio al proceso.
Desde las 9.00 horas las distintas AFP que operan en nuestro país habilitaron sus sitios web para que los afiliados realicen el proceso del segundo retiro vía web. El trámite tendrá de vigencia un año, al igual que el primer retiro.
Podrán participar del segundo retiro todos los afiliados al sistema de capitalización individual, así como también, “aquellas personas que sean beneficiarias de una pensión de vejez, de invalidez o sobrevivencia”.
Así será el segundo retiro
Plazos y monto
Según lo publicado en el Diario Oficial, el plazo para la entrega de los fondos es de 10 días hábiles para la primera cuota y otros 10 días -una vez recibido el monto- para el pago de la segunda.
En caso de que los usuarios retiren una cifra igual o inferior a 35 UF ($1 millón), el pago se concretará en una sola cuota. En relación a cuánto podrá retirar cada afiliado, se estableció un tope de 150 UF, es decir, cerca de $4,3 millones.
Pago de impuestos y pensiones de alimentos
Luego de la tramitación en el Congreso el proyecto de La Moneda recibió distintas indicaciones que permitieron hacer realidad la retención de los fondos para quienes adeuden pensiones alimenticias.
De acuerdo al texto, “los fondos retirados se considerarán extraordinariamente intangibles para todo efecto legal, y no serán objeto de retención, descuento, compensación legal o contractual, embargo o cualquier forma de afectación judicial o administrativa, ni podrán rebajarse del monto ya decretado de la compensación económica en el juicio de divorcio, sin perjuicio de la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias”.
Por otro lado, a diferencia del primer retiro del 10%, el segundo considerará el pago de impuestos.
Si bien en un principio era para rentas por sobre los $700 mil, finalmente en el Congreso se estableció que sea sólo para rentas mensuales por sobre los $1,5 millones.