Secciones El Dínamo

cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad
22 de Diciembre de 2020

Corte confirma la prisión preventiva de capitán de Ejército imputado por homicidio de Romario Veloz

La Corte de Apelaciones recalcó que Faúndez Sepúlveda era el oficial al mando del personal militar desplegado en el lugar de los hechos y quien dio la orden de disparar.

Por Cristián Meza
Romario Veloz El tribunal sindicó al imputado como un peligro para la sociedad. Foto: Agencia UNO
Compartir

La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la prisión preventiva de José Santiago Faúndez Sepúlveda, capitán de Ejército imputado por el Ministerio Público como autor de los delitos consumados de homicidio simple, homicidio frustrado y violencia innecesaria, con resultado de lesiones graves, vinculado a la muerte de Romario Veloz, ocurrido el 20 de octubre de 2019, en el sector Mall Plaza de la ciudad.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de La Serena el 14 de diciembre pasado, que decretó el ingreso en prisión preventiva del imputado al Regimiento N°21 Coquimbo.

La resolución del tribunal de alzada desestimó el recurso de apelación interpuesto por la defensa, al estimar que “los antecedentes referidos se estiman suficientes para entender que el personal militar hizo uso de su armamento previa orden del funcionario al mando, y fuera de las hipótesis que reglamentan el uso de la fuerza, y, en consecuencia, permiten tener por justificada, en este estadio procesal, el delito de violencia innecesaria, con resultado de lesiones graves, respecto de la víctima Rolando Alberto Robledo Vergara”.

“A su vez –continúa el fallo- esos mismos antecedentes, respecto de las víctimas Romario Wladimir Veloz Cortés y César Antonio Veliz Cortés, hacen posible tener por justificado, en este estadio procesal, la comisión de los delitos de homicidio consumado y frustrado, respectivamente, ya que la consecuencia de los hechos, en atención a lo sucedido minutos antes, resultaba previsible y fue aceptada por el imputado Faúndez Sepúlveda”.

Junto con ello, la Corte de Apelaciones recalcó que Faúndez Sepúlveda era el oficial al mando del personal militar desplegado en el lugar de los hechos, y que “él fue quien dio la orden de abrir fuego sucesivamente en contra de las personas que se encontraban en lugar de los hechos, dentro de las cuales se encontraban las víctimas, orden que fue dada no obstante que, su experiencia militar de 15 años en el Ejército, le permite reconocer tanto el armamento que portaban sus subalternos, como también el tipo de munición que en esos momentos se estaba percutando, sin perjuicio de lo anterior, y teniendo aquel conocimiento, dispuso abrir fuego en dos oportunidades, al menos aceptando el resultado de tales hechos”.

El tribunal estableció además que “a juicio de estos sentenciadores la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, tomando en consideración para ello los patrones que el mismo legislador entrega, en específico, el número de delitos, la gravedad de la pena asignada y el carácter de los mismos”.

Léenos en Google News

Temas relevantes

#Romario Veloz

Notas relacionadas

Deja tu comentario

Lo más reciente

Más noticias de País