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25 de Febrero de 2021

Corte Suprema revocó fallo por uso de escopetas a balines de Carabineros

Con la decisión del máximo tribunal, se revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de junio de 2020.

Por Rodrigo León
corte suprema carabineros El máximo tribunal declaró en el fallo que el actuar de la policía no puede ser resuelta por esta vía. (Agencia Uno/Archivo).
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La Corte Suprema revocó una sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso de junio de 2020, que prohibía a Carabineros el uso de las escopetas a balines durante manifestaciones en la ciudad porteña.

El tribunal de alzada había acogido 15 recursos de protección deducidos en contra de la policía uniformada por el uso de armamento antidisturbios, en particular escopetas de balines de goma, durante las protestas que se registraron en la región a partir del 18 octubre de 2019, prohibiendo su uso a todo evento.

Entre quienes presentaron estas acciones judiciales se encuentran el alcalde de Valparaíso, Jorge Sharp; los rectores de las universidades Católica de Valparaíso, Federico Santa María y de Playa Ancha; observadores de Derechos Humanos; entre otros.

Aún así, la Tercera Sala de la Corte Suprema estimó que en su jurisdicción no está establecer la legalidad del actuar de Carabineros en sus labores de control.

En el fallo también se sostiene que “se han dictado (por parte del Ministerio del Interior) los protocolos que regulan el uso de la fuerza, conforme a los cuales los agentes policiales deben ajustar su acción, en los términos que para cada caso se detalla”.

“La determinación de la legalidad del actuar de Carabineros de Chile conteniendo las manifestaciones sociales, la pertinencia del uso de determinadas armas de fuego, el uso proporcional de la fuerza, el contenido del protocolo y la utilización de determinados implementos para contener las manifestaciones sociales, es una temática que no puede ser resuelta por esta vía”, añade la resolución.

Junto con eso, se indicó que “los hechos y peticiones que se describen exceden de las materias que deben ser conocidas a través del recurso de protección”, consignó El Mercurio.

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