Tribunal condena a presidio perpetuo a pareja que mató a hija de tres meses a golpes
La bebé ingresó al Hospital de Copiapó por traumatismos cráneo encefálicos y lumbares, que le ocasionaron fractura craneal y muerte cerebral, dejando de existir dos días después.
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó a Almendra Urrutia Ferrera y Aris Escobar Venegas a presidio perpetuo simple, en calidad de autores de los delitos consumados de parricidio y lesiones graves y menos graves. Ilícitos perpetrados entre diciembre de 2018 y marzo de 2019.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
El tribunal tuvo por acreditado que “durante los meses de vida de la lactante, su padre y su madre golpearon, hirieron y maltrataron a su hija de manera reiterada en el tiempo y, además, consintieron que el otro, él y ella, la agredieran, ocasionándole diversas fracturas, clínicamente graves, que le provocaron enfermedad por más de 30 días; además de otras que le ocasionaron hematomas y erosiones. Algunas de estas lesiones de distinta naturaleza y data que presentaba el cuerpo de la niña fueron detectadas en algunas atenciones médicas de urgencia y controles a los que asistió junto a sus padres, o con alguno de ellos, sin que ellos dieran cuenta al personal médico de caídas u otras situaciones accidentales que explicaran lógicamente el cuadro médico”.
“Luego, con fecha 26 de marzo de 2019, la niña fue agredida nuevamente por sus padres; causándole traumatismos cráneo encefálicos y lumbares, que le ocasionaron fractura craneal y muerte cerebral y, luego, su completa muerte el día 28 de marzo de 2019, en el Hospital Regional de Copiapó”.
Este hecho fue denunciado por los médicos a la Fiscalía Local de Copiapó, derivándose luego el cuerpo de la niña al Servicio Médico Legal de esta ciudad, donde se practicó una autopsia que reveló otras graves lesiones.
Por estos antecedentes, la Fiscalía acusó a Aris Escobar Venegas y Almendra Urrutia Ferrera, por su responsabilidad en los hechos, consiguiendo el Ministerio Público que los jueces del Tribunal Oral condenaran a los dos acusados.
De esta manera, en la lectura de sentencia se conoció que los acusados fueron sentenciados a cumplir la pena de presidio perpetuo simple por su responsabilidad en calidad de autores de los delitos de parricidio, lesiones graves y menos graves.