Contraloría: funcionarios públicos con hijos menores de 12 años podrán realizar teletrabajo
El pronunciamiento responde a una inquietud presentada por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) debido al adelantamiento y extensión de las vacaciones de invierno.
La Contraloría emitió un dictamen que permite que los funcionarios públicos que tengan el cuidado de menores de doce años puedan desempeñar sus labores de manera remota, por medio del teletrabajo. El pronunciamiento responde a una inquietud presentada por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), por la aplicación del criterio establecida por la Dirección del Trabajo por el adelantamiento y extensión de las vacaciones de invierno.
“Al respecto, cabe señalar que mediante el citado pronunciamiento, la Dirección del Trabajo manifestó que las instrucciones de la autoridad sanitaria y las razones en que aquellas se fundan configuran los supuestos previstos en el inciso 2° del artículo 206 bis del Código del Trabajo, por lo que los empleadores deberán ofrecer al trabajador que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitiere, sin reducción de remuneraciones”, dice el dictamen.
Medida sanitaria de protección
El dictamen sostiene que “el Ministerio de Educación dispuso ampliar el período de receso escolar de invierno, aumentándolo de 2 a 3 semanas, en las regiones de Arica a Los Lagos y manteniendo el período de 3 semanas fijado para las regiones de Aysén y Magallanes, según el calendario publicado en su página institucional. Al efecto, se estableció que la semana de receso escolar que se incorpora será sin recuperación, dado que responde a una medida sanitaria para la protección de la población”.
De lo anterior, sostienen que “se advierte que la intención de la autoridad es que los establecimientos educacionales se mantengan cerrados y que los niños y niñas no asistan a ellos con el objeto de resguardar su salud y evitar el contagio de enfermedades respiratorias, razón por la cual corresponde concluir que se dan los supuestos de aplicación de la norma contenida en el inciso segundo del artículo 206 bis del Código del Trabajo”.
Así, “el empleador deberá ofrecer a la persona servidora pública que tenga el cuidado personal de al menos un niño o niña menor de doce años, que se vea afectado por dichas circunstancias, la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, en la medida que la naturaleza de sus funciones lo permitiera, sin reducción de remuneraciones”.
De esta forma, precisan que “cabe hacer presente que atendido que el riesgo de infección por la circulación de virus respiratorios se encuentra presente durante todo el período de vacaciones de invierno, el uso del beneficio de trabajo remoto, en los términos del presente pronunciamiento, se hace extensible por todo el período que las autoridades competentes determinen la duración del receso escolar señalado”.