Servicio Médico Legal y PDI descartan que comunero Pablo Marchant murió por un disparo a quemarropa
Esto, luego que un perito contratado por la familia del fallecido integrante de la CAM asegurara que fue “ejecutado”.
Informes entregados por la PDI y el Servicio Médico descartaron que Pablo Marchant, miembro de la Coordinadora Arauco-Malleco, muriera por un disparo a quemarropa, en el marco de un enfrentamiento con Carabineros en julio de 2021, en un predio de forestal Mininco en Carahue.
Esto, luego que se conociera un pre-informe de Bernardo Morales, ex jefe de Tanatología de la SML y perito contratado por la familia Marchant, donde apuntaba a un “mecanismo de ejecución” en su deceso, ya que el joven estaría de rodillas y que los policías apoyaron el arma en su cabeza y le dispararon.
Ante esto, el Ministerio Público pidió al SML un análisis tanatológico que terminó descartando algunas de las características morfológicas de la herida dadas a conocer por el perito, rechazando su hipótesis de “la ejecución”.
El instituto mantuvo la causa de muerte de Pablo Marchant por un “traumatismo encéfalo craneano (…) por herida con arma de fuego, escopeta”, consignó La Tercera.
Junto con ello, los bordes de la herida “están limpios, sin ahumamiento ni quemadura en la piel, solo erosión y contusión, lo que nos demuestra que el taco ya se había abierto antes de penetrar la piel”.
Para la autora del informe, la doctora Nubia Riquelme si el disparo contra Marchant hubiera sido a corta distancia, “los perdigones más el taco disparados a corta distancia, actuarían como proyectil único, pero a mayor distancia se van dispersando, y su área de dispersión está en relación a la distancia que separa la boca del cañón del punto de impacto del proyectil, y en esta lesión hay perdigones en el borde superior de la lesión de cuero cabelludo, y también los hay en el borde inferior de esta lesión”.
En su análisis, Riquelme detalló que en la herida se encontraron fragmentos del taco plástico transparente que sale de la escopeta, “lo que revela que el taco se abre antes de entrar al cráneo y penetran solo partes de él, pues de haber entrado completo como en un hipotético caso de disparo a boca de jarro, se habría encontrado el taco completo, incluso sin estallar y con la totalidad de los perdigones en su interior (…) por lo cual la suscrita no considera que la lesión fuera producida a cañón tocante ni a corta distancia”.