Paridad y “cebra” en constituyentes: la interpretación del Servel que terminaría en el Tricel
Según la ley, las listas de candidatos a la Convención Constitucional deben alternar a mujeres y hombres. Sin embargo, hay listas que tiene dos hombres o dos mujeres juntos en la lista.
Hace 10 meses, el Presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que permite la paridad de género en la Convención Constitucional, una normativa que hoy enfrenta al Servicio Electoral (Servel) con ONG y parlamentarios, ya que hay listas que no respetaron el mecanismo “cebra”, mientras que otros distritos incumplen la paridad.
El día sábado 23 de enero, el Servel publicó su resolución sobre las candidaturas inscritas para la elección de constituyentes, gobernadores, alcaldes y concejales. Sin embargo, algunas personas notaron que, respecto al organismo que redactará la nueva Constitución, algunas listas presentaron dos hombres o dos mujeres consecutivos, algo que la norma explicita que no se debe hacer.
La ley que rige la elección constituyente dice que, en el caso de la lista “deberán señalar el orden de precedencia que tendrán los candidatos en la cédula para cada distrito electoral, comenzando por una mujer y alternándose, sucesivamente, éstas con hombres“.
Sin embargo, el siguiente párrafo indica que “si el total de postulantes fuere impar, un sexo no podrá superar al otro en más de uno”. Esto quiere decir que la lista no puede tener dos mujeres o dos hombres más en relación con el total de candidatos.
Este es la parte del texto que el Servel interpretó como una excepción a la paridad, una disposición que hace imposible que se cumpla la “cebra” si hay mayoría de hombres. Esto porque, como la ley obliga siempre a empezar las listas con una mujer, cualquier lista impar de candidatos tiene por obligación que cerrar con una mujer.
Interpretación del Servel
Ante los cuestionamientos por la aceptación de listas que no cumplen el mecanismo cebra, el presidente del consejo directivo del Servel, Patricio Santamaría, explicó el criterio utilizado para habilitar a los candidatos.
“Hay una norma expresa en la disposición trigésima de la Constitución Política que regula los casos de listas pares y listas impares. Cuando son pares deben ser el mismo número de cada sexo, pero ahí la lista que debe empezar siempre con una mujer termina necesariamente con un hombre”, comenzó explicando Santamaría en su cuenta de Twitter luego de que Javiera Arce, cientista político y parte de Red de Politólogas, acusara una mala aplicación de la norma.
El presidente del Servel agregó que “cuando se trata de listas impares se señala que un sexo no podrá superar al otro en más de uno. Vale decir puede ser un hombre más o una mujer más. Si se da el primer caso, terminará con un hombre, en cambio si se da el segundo, terminará con una mujer”.
Santamaría agregó que la paridad de la Convención Constituyente está garantizada en los resultados de la elección.
Rechazo de listas
La ley es clara en decir que “la infracción de cualquiera de los requisitos establecidos (…) producirá el rechazo de todas las candidaturas declaradas en el distrito por el respectivo partido o pacto electoral”. Pero, según constató El DÍNAMO en una revisión a las listas de constituyentes, en varios distritos se incumple la norma de “cebra”, es decir, alternar candidatos según género.
Con estos antecedentes, la Red de Politólogas se contactó con diversos parlamentarios para exigir que se cumpla la ley pensando también en imputar las listas al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) si el Servel no rectifica su interpretación.
Consultada por EL DÍNAMO, Javiera Arce explica que la idea de la ley de paridad era garantizar la participación de mujeres en el órgano constituyente, por lo que se esperaría que -de ser las listas con un número impar de candidatos- éste último cupo hubiera sido ocupado por una mujer.
“Hay listas que no cumplen con el mecanismo cebra y benefician a los hombres”, explica Arce, indicando que -pese a que el Servel aseguró que el órgano constituyente tendrá paridad- “lo que se está pidiendo es cumplir con las normas”.
Consultada por las listas que no cumplen la cebra en beneficio de dos mujeres que están inscritas juntas, la cientista política afirma “se deberían corregir”.
Para Arce, si bien faltó claridad en la ley “se desprende de la redacción”, considerando que la discusión de toda la normativa era buscando incentivar la participación femenina.