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16 de Febrero de 2022

Convención Constitucional: los 14 artículos de la Comisión de Justicia que se aprobaron

La presidenta de la Convención, María Elisa Quinteros, celebró lo logrado por la instancia en una maratónica jornada.

Por Rodrigo León
Solo dos artículos fueron rechazados y volverán a la Comisión de Sistema de Justicias. AGENCIA UNO.
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En una maratónica jornada, la Convención Constitucional inició la votación de las primeras normas, en este caso, propuestos en el Primer Informe de la Comisión de Sistemas de Justicia. Todos ellos lograron el quórum de los dos tercios.

En la sesión, que comenzó a eso de las 15:00 horas y se extendió pasada la medianoche, se aprobaron 14 normas, mientras que otras dos fueron rechazadas: acabar la inamovilidad de jueces y sobre ejecución de resoluciones.

Estas dos normas deberán volver a la Comisión de Sistemas de Justicia, donde se le podrán ingresar indicaciones.

Tras la aprobación general, este jueves serán votadas en particular y, en caso de lograr los dos tercios, pasarán a la propuesta de nueva Constitución.

La presidenta de la Convención Constitucional, María Elisa Quinteros, se valió de su cuenta de Twitter para destacar la jornada que vivieron. 

“La Convención avanza, hemos dado un paso gigante histórico para los pueblos de Chile. Por supuesto eso se va a seguir trabajando en los próximos días. Estamos muy felices con los logros alcanzados”, escribió.

 
 
 

Los artículos aprobados por la Convención fueron los siguientes:

  • Artículo 1: Función jurisdiccional.
  • Artículo 2: Coexistencia del sistema nacional con sistemas jurídicos indígenas.
  • Artículo 3: Independencia jurisdiccional, imparcialidad y exclusividad.
  • Artículo 5: Garantía de acceso a la Justicia para todas las personas y colectivos.
  • Artículo 6: Tutela jurisdiccional efectiva.
  • Artículo 7: Inexcusabilidad e indelegabilidad de la labor.
  • Artículo 9: Fundamentación y lenguaje claro de las resoluciones.
  • Artículo 10: Acceso gratuito a la función jurisdiccional.
  • Artículo 11: Principio de responsabilidad jurisdiccional por irregularidades en el marco del ejercicio judicial.
  • Artículo 12: Publicidad, probidad y transparencia.
  • Artículo 13: Principio de Justicia abierta.
  • Artículo 14: Paridad y perspectiva de género.
  • Artículo 15: Plurinacionalidad, pluralismo jurídico e interculturalidad.
  • Artículo 16: Mecanismos colaborativos de resolución de conflictos.
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