Se busca: los cargos de corrupción contra Karen Rojo y la razón de por qué no estaba con arraigo
Los hechos por los cuales fue condenada la ahora prófuga de la Justicia, se remontan a 2015, cuando la alcaldesa de Antofagasta contrató una encuesta para evaluar su gestión municipal.
La ex alcaldesa Karen Rojo (IND) se fugó del país con destino a Holanda horas antes que la Corte Suprema ratificara su condena de cinco años y un día por el delito de fraude al Fisco, en el marco del llamado caso Main.
Los hechos por los cuales fue condenada la ahora prófuga de la Justicia, se remontan a 2015, cuando la jefa comunal de Antofagasta contrató una encuesta para evaluar su gestión municipal de cara a las elecciones del año próximo.
Ante los resultados negativos de la consulta, decidió contratar a la consultora Main. Para ello, según detalló la Fiscalía en la acusación, simuló un contrato con la Corporación Municipal de Desarrollo Social (CMDS) por 23,7 millones de pesos, los cuales fueron extraídos de las partidas de Educación y Salud.
Junto con ello, Karen Rojo defraudó a la Corporación Cultural de Antofagasta, cuyo directorio presidía, por 23 millones de pesos, los que fueron pagados a su asesor por concepto de pasajes, pero fueron presentados como honorarios por servicios inexistentes prestados a este organismo.
Por estos hechos, el Tribunal Oral en lo Penal de Antofagasta la encontró culpable “como autora del delito consumado de fraude al fisco, previsto y sancionado en el artículo 239 del Código Penal cometido en contra de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta y absolverla de los delitos de fraude al fisco y negociación incompatible previsto y sancionado en el artículo 240 del Código Penal cometidos en contra de la Corporación Cultural de Antofagasta”.
¿Por qué no tenía orden de arraigo?
Una de las grandes interrogantes que dejó la fuga de Karen Rojo a Europa guarda relación a la ausencia de un arraigo nacional en su contra.
Al respecto, la Fiscalía de Antofagasta salió a explicar que había solicitado la medida cautelar el 15 de junio de 2018, pero 10 días después la Corte de Apelaciones acogió la presentación de la defensa y la dejó sin efecto.
¿La razón? Según el tribunal de alzada “no existían antecedentes que justificaran la existencia de un peligro de fuga de la ex alcaldesa Karen Rojo Venegas”.
Junto con ello, el Ministerio Público no pidió la reposición del arraigo, puesto que la otrora jefa comunal “se presentó a todos los actos del procedimiento, incluyendo su juicio oral que se extendió por casi dos meses, específicamente, durante los meses de noviembre y diciembre del 2020”.