Corte rechaza recurso de amparo de pareja de Karen Rojo tras incautación de celulares
La Corte de Apelaciones no dio lugar a los argumentos de la pareja de Karen Rojo, a quien la PDI le incautó tres teléfonos celulares.
La Primera Sala de Corte de Apelaciones acogió los argumentos expuestos por la Fiscalía Regional de Antofagasta y rechazó el recurso de amparo interpuesto por el abogado de Javier Brevis Valenzuela, pareja de la ex alcaldesa y prófuga, Karen Rojo Venegas, quien alegó haber sido detenido por detectives de la Bridec de la PDI, quienes le incautaron 3 teléfonos celulares, sin haber sido imputado por ninguna causa ni haber cometido ningún delito.
Los ministros de la Corte de Apelaciones acogieron los argumentos planteados por el asesor jurídico y vocero de la Fiscalía Regional de Antofagasta, José Troncoso Valdés, en orden que no existió detención de Javier Brevis, sino que su retención fue producto de una orden judicial previa que implicaba la incautación de todos sus dispositivos electrónicos (notebook, teléfonos celulares), los cuales, se negó a entregar a la PDI, lo que obligó a requerir una segunda orden.
Asimismo, el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta desestimó los argumentos de abogado defensor de Javier Brevis pues su retención “en caso alguno significó el arresto, detención o privación de libertad del amparado, ni constituyó u originó ninguna privación o amenaza en su derecho a la libertad personal o seguridad individual resultando demostrada que el tiempo que el recurrente se encontró ante funcionarios policiales en el aeropuerto de esta ciudad, se debió exclusivamente por su negativa de cumplir la orden del tribunal”.
Al respecto, el abogado de la Fiscalía Regional, José Troncoso Valdés, explicó que: “si bien, el sr. Brevis no está sujeto a una investigación de manera directa, la ley impone al Ministerio Público el deber de buscar la locación específica de un prófugo –como ocurre en el caso de doña Karen Rojo Venegas- a fin de cumplir el objetivo de la extradición activa, esto es, ponerla a disposición de la justicia nacional para que cumpla la pena privativa de libertad de 5 años y 1 día en nuestro país. Para estos efectos, la Fiscalía puede disponer diligencias y cuando estas priven el ejercicio de un derecho o garantía constitucional, se debe solicitar al Juzgado de Garantía”.
En ese sentido, el abogado Troncoso Valdés agregó que “en este caso, el Fiscal Jefe de Antofagasta, Cristian Aguilar Aranela, solicitó al Juzgado de Garantía la incautación del o los teléfonos celulares de Brevis, a fin de obtener información que permita identificar la ubicación precisa de la fugada. El Juzgado de Garantía acogió la petición de la Fiscalía y ordenó la incautación de las especies.”