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23 de Junio de 2022

Encuesta Black&White: 66% está de acuerdo con terminar con derechos de agua

El pleno de la Convención decidió poner fin al Código de Aguas y los derechos de aprovechamiento. 

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Según establecieron los constitucionales, los actuales titulares de los dominios de agua podrán seguir usándolos, hasta que se dicte la nueva normativa. AGENCIA UNO/ ARCHIVO
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Una nueva encuesta de Black & White se dio a conocer este jueves, abordando diversas temáticas sobre el Plebiscito de Salida y el borrador de la nueva Constitución.

El muestreo aleatorio que fue llevado a cabo entre el 18 y el 20 de junio del 2022, realizó 1.256 encuestas con personas mayores de 18 años residentes de todo el país.

Ante la pregunta si usted está de acuerdo o en desacuerdo con que la Nueva Constitución termine con los derechos de agua y otorgar autorizaciones de uso. 

La mayoría, un 66% de los encuestados, está de acuerdo con terminar con los derechos de agua y otorgar autorización de uso.
 

 

¿Qué dice el borrador Constitucional?

El pleno de la Convención Constitucional (CC) decidió poner fin al Código de Aguas y los derechos de aprovechamiento. 

Los convencionales aprobaron que “el agua, en todos sus estados, es un bien común inapropiable, incomerciable y un derecho humano”. Además, indicaron que “todos los derechos de aprovechamiento de aguas otorgados con anterioridad, se considerarán (…) autorizaciones de uso de agua no sujetas a propiedad”.

Según lo establecieron, los actuales titulares podrán seguir usando el agua de sus derechos, hasta que se dicte la nueva normativa.  

Para ello, se estableció que el Presidente de la República tendrá un año para enviar un proyecto de ley que cree la Agencia Nacional de Aguas y que adecue la normativa sobre las autorizaciones de uso de aguas.

Sin embargo, en el periodo intermedio, desde que entre en vigencia la nueva Constitución y hasta que se apruebe la ley que regulará el tema de las aguas, las funciones de dicha agencia serán asumidas por la Dirección General de Aguas (DGA) del MOP.

El agua como derecho humano

En conversación con EL DÍNAMO, la diputada de Convergencia Social y miembro de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, María Francisca Bello, indicó que la norma que propone la nueva Constitución “es de vital importancia porque la crisis climática y ambiental en la que nos encontramos, nos está empujando a cambiar paradigma. Por ello, toma relevancia el concepto de bien común, para plantear ciertos mínimos, sobre los cuales el mercado no puede seguir dominando, ya que sabemos que de seguir sujetos a las reglas del mercado en asuntos tan básicos como el acceso al agua es sinónimo que algunos, casi siempre los mismos, quedarán excluidos”.

Una opinión similar tiene la parlamentaria Independiente de la bancada de Apruebo Dignidad, Camila Musante, quien también es parte de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación de la Cámara Baja. 

“Es tremendamente importante para el país que el agua pase a ser un bien común natural inapropiable e incomerciable, porque el actual sistema de gestión hídrica nos ha llevado como país a una crisis sin precedentes, no solo poniendo en riesgo el suministro de agua potable sino que también implica un proceso de migración de personas producto de la actual crisis hídrica”, indicó a EL DÍNAMO.

Este cambio en la Constitución “podría poner freno a la crisis hídrica que nos encontramos como país y por otro lado, podría garantizar un tema que es un derecho humano en todo el mundo, menos en la legislación chilena amparada en el actual texto constitucional que tiene que ver con que las aguas le deben pertenecer a los pueblos que la necesitan para beberla. Beber agua potable es parte de un derecho humano”. agregó la diputada Musante.

El diputado del partido Socialista y presidente de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación, Nelson Venegas, expresó a EL DÍNAMO que “Chile es el único país donde existe tal grado de propiedad privada sobre el agua, con posibilidades concretas de mercantilización donde no hay el aseguramiento como derecho humano, ya que solo se le trata como bien comercial. Por ello, al establecerse como derecho fundamental vuelve a ser el agua de todos”.

Quien difiere de estas opiniones es el diputado Republicano, Benjamín Moreno, también es miembro de la Comisión de Recursos Hídricos y Desertificación. 

Según indicó a EL DÍNAMO, “el agua es un bien nacional de uso público y su dominio y uso pertenece a todos los chilenos. Lo que existe son derechos de aprovechamiento sobre las aguas que entregan certezas sobre el uso del recurso, pero siempre supeditado al consumo humano, saneamiento, preservación ecosistémica, disponibilidad y sustentabilidad de los acuíferos. La declaración del agua como un bien inapropiable no solo atenta contra los derechos de aprovechamiento de aguas actualmente existentes, sino que es una muestra más de la ambición refundacional de la Convención, que no escatimó en ignorar los casi diez años de discusión parlamentaria que implicó la reforma al Código de Aguas, promulgada y publicada en febrero de este año”.

En relación a la transición de derechos de aguas, el diputado republicano indicó que se debería indemnizar a los particulares. 

“En primer lugar, cualquier persona que sea despojada de su propiedad por un acto administrativo o estatal, más allá de que lo haga la Convención, tiene derecho a la indemnización por los derechos que está perdiendo. En segundo lugar expertos han señalado que el fin de los derechos de agua va a significar una disminución de entre un 20% y 30% del valor de los terrenos agrícolas, hoy los derechos de aprovechamiento son una de las mayores fuentes de plusvalía de los terrenos, terminar con ellos significa que el valor de los mismo disminuirá significativamente”.
 

¿Qué dice la actual Constitución?

En el Capítulo III de la Constitución vigente, referido a los Derechos y Deberes Constitucionales, se trata el tema de las aguas. El artículo 19 numeral 24 consagra que “los derechos de los particulares sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos, disposición que se complementó con el Código de Aguas, que en el artículo 6, indica que el agua es un “derecho real que recae sobre las aguas y consiste en el uso y goce de ellas, con los requisitos y en conformidad a las reglas que prescribe este Código”. Además, establece que es “dominio de su titular”.

Reforma al Código de Aguas

En abril de 2022, tras 11 años de tramitación en el Congreso, se publicó en el Diario Oficial Ley N° 21.435, que Reforma el Código de Aguas. 

Según indicó el Senado, esta reforma tuvo por objetivo “reforzar el carácter de bien público del agua y consagrar una nueva regulación, además de proteger y fortalecer la función que cumple el agua dulce en los ecosistemas terrestres”.

Entre las reformas que se aprobaron, está la supresión de la disposición que establecía un piso de 20 años para las concesiones de aprovechamiento de aguas.

“Hemos dejado atrás una normativa anacrónica y tendremos un estatuto legal vinculados a la realidad actual con sequía grave y un cambio climático. Esta iniciativa contiene disposiciones que consagran el agua como un derecho humano y que será prioridad por sobre los usos productivos”, indicó en ese entonces la Senadora de PPD, Adriana Muñoz. 

 

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