Servel publica instrucciones y plazos para propaganda de cara al plebiscito de salida
El documento también establece que quienes manifiesten su voluntad de recibir aportes y efectuar propaganda electoral, deberán inscribirse en Servel en un plazo de 3 días a partir de la publicación del decreto convocatorio presidencial.
El Servicio Electoral (Servel) publicó este jueves en el Diario Oficial las llamadas “Instrucciones sobre registro de organizaciones de la sociedad civil, partidos políticos y parlamentarios independientes para el Plebiscito Constitucional 2022“, de cara a la fecha del plebiscito, que será 4 de septiembre.
Con esta información, respaldada en la 42º transitoria de la Constitución, que “regula la realización y transparencia de la propaganda y publicidad electoral de los plebiscitos”, está establecido que la población está habilitada para participar en las campañas para las opciones del Apruebo o Rechazo.
Esto, por medio de partidos políticos, parlamentarios independientes o a través de organizaciones de la sociedad civil que desarrollen propaganda para la deliberación ciudadana en torno a la nueva Constitución.
En estas campañas serán consideradas todas las instancias anteriormente mencionadas, “cualquiera sea su estructura y denominación”, exceptuando “únicamente a aquellas que persigan fines de lucro”.
El documento establece los plazos de inscripción para que la propaganda sea efectuada, señalando que “quienes manifiesten su voluntad de recibir aportes y efectuar propaganda electoral para el próximo Plebiscito, deberán inscribirse en Servel en un plazo de 3 días a partir de la publicación del decreto convocatorio presidencial”.
Asimismo, se advierte que quienes no realicen la inscripción en el plazo determinado, es decir, hasta el próximo 26 de junio, no estará permitido desarrollar propaganda para la elección, recibir aportes y tampoco podrá participar en la franja electoral.