Responsabilidad parental: las nueve sanciones que arriesgan los “papitos corazón”
El 20 de mayo entra en vigencia la nueva ley que investigará cuentas bancarias y otros instrumentos financieros de los deudores.
Este sábado 20 de mayo comienza a regir la ley 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Pensiones de Alimentos, también conocida como “Ley del Papito Corazón“, una norma que establece un mecanismo de pago permanente para las deudas de pensiones de alimentos.
Esta nueva ley busca mejorar el acceso a la información financiera de los deudores de pensiones de alimentos, siendo ahora el Estado el encargado de investigar cuentas bancarias u otros instrumentos financieros que tengan estas personas.
¿Cómo se aplicará la Ley del Papito Corazón?
Desde Chile Atiende, explicaron que el mecanismo de pago se aplicará cuando la persona deudora de alimentos deba, al menos, una mensualidad de la pensión fijada por un tribunal de familia.
La ley establece que la deuda se pagará mediante los fondos que el deudor tenga en cuentas bancarias, así como también en instrumentos de inversión y financieros o en las cuentas de ahorro previsional voluntario. En caso de no existir esos fondos o ser insuficientes, se recurrirá a la cuenta de capitalización individual de pensiones, es decir, sus fondos en la AFP.
El pago se hará efectivo cuando el tribunal de familia notifique a la institución financiera del deudor. Para ello existirá un plazo máximo de 15 día hábiles.
Si quien demanda no tiene conocimientos de las cuentas bancarias del deudor, se realizará un procedimiento especial: un tribunal investigará el patrimonio del deudor mediante el sistema de interconexión, con acceso a información de la Comisión del Mercado Financiero (CMF), del Servicio de Impuestos Internos (SII) y otras instituciones.
Las sanciones que arriesgan los “papitos corazón” que no paguen
- Retención de la devolución de impuestos.
- No podrán renovar sus licencias de conducir ni pasaportes.
- Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora.
- Si el deudor o deudora vende un vehículo o una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso.
- Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
- Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
- Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
- Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
- No podrá pedir rebajas o cese de la pensión si tiene deudas pendientes.