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7 de Junio de 2024

Bolsillo Familiar Electrónico Extendido: cuál es la fecha de pago y el monto

Este beneficio se extendió gracias a un acuerdo del Gobierno y la CUT. Su objetivo es compensar el alza en el precio de los alimentos.

Por Gabriela Romo
El subsidio monetario se entregará durante todo el invierno. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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Gracias al acuerdo al que llegó el presidente Gabriel Boric y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT) durante mayo, el Bolsillo Familiar Electrónico se continuará pagando a las familias que reúnan los requisitos establecidos.

Este beneficio económico, que reemplazó el bono de la Canasta Básica y que benefició a más de un millón 700 mil hogares en todo el país, tiene por objetivo ayudar a enfrentar el alza del precio de los alimentos.

En ese sentido, el ministro de Hacienda, Mario Marcel, indicó que “se acordó reactivar el Bolsillo Familiar Electrónico, considerando las restricciones presupuestarias que tenemos este año”.

¿Cuándo fue el último pago del Bolsillo Familiar Electrónico?

Según informó ChileAtiende, este beneficio venció en abril de 2024, luego de que fuera extendido desde diciembre de 2023.

¿Hasta cuándo será extendido el Bolsillo Familiar Electrónico?

El subsidio monetario se entregará durante todo el invierno. Es decir, desde el 20 de junio hasta el 22 de septiembre de este año.

Sin embargo, desde el Gobierno aún no confirman el día exacto de la reanudación del pago.

¿Cuál es el monto del Bolsillo Electrónico Familiar?  

El monto que se entrega con este beneficio es de $13.500 por cada persona que reúna los requisitos. Este dinero es transferido directamente en la Cuenta RUT y puede ser utilizado exclusivamente en la compra de alimentos.

¿Cuáles son los requisitos del Bolsillo Familiar Electrónico?

Pueden recibirlo las personas que tengan los siguientes beneficios:

  • Asignación Familiar y de la Asignación Maternal del Sistema Único de Prestaciones Familiares
  • Subsidio Familiar.
  • Familias usuarias del subsistema Seguridades y Oportunidades, se incluyen como parte de las personas causantes a:
    Persona con discapacidad, debidamente acreditada conforme con la calificación y certificación establecida en el artículo 13 de la ley N° 20.422.
    Estudiante con necesidades educativas especiales de carácter permanente que participe del Programa de Integración Escolar del Ministerio de Educación.
    Estudiante matriculado en establecimiento educacional con modalidad de educación especial reconocido por el Ministerio de Educación.
    Estudiante de 18 a 24 años 11 meses matriculado en establecimiento educacional en nivel de enseñanza básica, media o superior u otro equivalente, reconocido por el Ministerio de Educación.
    Menores de 18 años de edad.
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