Convención Constitucional: los artículos aprobados y rechazados sobre educación
El pleno debatió sobre el derecho a la educación, el que quedó consagrado en el borrador de la nueva Carta Magna. Se desestimó una norma que señalaba que el Estado podría financiar establecimientos educacionales no estatales.
Este miércoles el pleno de la Convención Constitucional votó el último informe de la comisión de Derechos Fundamentales, revisando artículos relacionados con el derecho a la educación.
El hemiciclo despachó varias normas al borrador de la nueva Carta Magna por votaciones superiores a los dos tercios exigidos. Algunos temas, que eran sentidos por algunos sectores y expertos, quedaron fuera tras no conseguir el apoyo de la mayoría de los convencionales.
Los artículos aprobados
Entre los puntos aprobados, el pleno estableció que “todas las personas tienen un derecho a la educación. La educación es un deber primordial e ineludible del Estado”. Además fijó que “la educación será de acceso universal en todos sus niveles y obligatoria desde el nivel básico hasta la educación media”.
La Convención también determinó el funcionamiento de un Sistema Nacional de Educación, el que “estará integrado por los establecimientos e instituciones de educación parvularia, básica, media y superior, creadas o reconocidas por el Estado”.
Dicho sistema “promoverá la diversidad de saberes artísticos, ecológicos, culturales y filosóficos que conviven en el país” y dejó con la tarea del Estado para “brindar oportunidades y apoyos adicionales a quienes están en situación de discapacidad y en riesgo de exclusión”.
En materia de financiamiento, el mismo Estado deberá “articular gestionar y financiar un Sistema de Educación Pública, de carácter laico y gratuito, compuesto por establecimientos e instituciones estatales de todos los niveles y modalidades educativas”.
También se definió que “la Constitución reconoce el rol fundamental de las profesoras y profesores, como profesionales en el Sistema Nacional de Educación”.
Las normas rechazadas
Durante la jornada también hubo normas que quedaron totalmente fuera del debate constitucional. Una de ellas es la que señalaba que “el Estado deberá garantizar y promover el acceso a la educación intercultural plurilingüe en todos sus niveles”, la que quedó a dos votos de su aprobación.
Un inciso clave que fue desestimado señalaba que “el Estado podrá financiar establecimientos educacionales no estatales, siempre que se rijan por los fines y principios de la educación. Estos establecimientos tendrán prohibida toda forma de lucro”.
También se desestimaron indicaciones que fueron presentadas por la convencional Rocío Cantuarias (Chile Libre), que entre otros puntos, establecían que “los padres tienen el derecho preferente y el deben de educar y criar a sus hijos, de acuerdo a sus propias convicciones y creencias” y que al Estado se le prohibiría “imponer un modelo único de educación”.