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2 de Octubre de 2013

¡Se acabó el acoso telefónico! Corte Suprema ordena terminar con los llamados por cobro de deuda

La Tercera Sala del máximo trinbunal acogió la acción cautelar presentada por Valeria Vallejos Reyes en contra de la empresa Parque del Sendero.

Por Redacción
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La Corte Suprema acogió un recurso de protección presentada por una mujer a la que la llaman constantemente por teléfono para cobrarle una supuesta deuda con una empresa  inmobiliaria propietaria de cementerios.

En fallo unánime los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal  Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Ricardo Blanco y los abogados integrantes Jorge Baraona y Emilio Pfeffer acogieron la acción cautelar presentada por Valeria Vallejos Reyes en contra de la empresa Parque del Sendero.

La resolución determina que la empresa vulneró la garantía constitucional de derecho a la vida e integridad física y psíquica de la persona al realizar constantes llamados telefónicos a la mujer por el cobro de la deuda.

“La existencia de la supuesta deuda de la recurrente con la recurrida y su morosidad pueden ser planteadas en la sede judicial respectiva y bajo el procedimiento que la ley prevé para dichos casos. De allí que el cobro extrajudicial de la misma por la vía telefónica, al menos durante los meses de septiembre de 2012 a abril de 2013, es decir en total 8 meses, constituye el ejercicio abusivo de una facultad.

“En efecto, si el objetivo de los llamados telefónicos es poner en noticias a la deudora de su morosidad, ésta se logra con una de dichas comunicaciones, pero insistir reiteradamente en el mismo lenguaje resulta desproporcionado e intimidatorio. Este ejercicio es el que resulta arbitrario, debe cesar, puesto que afecta la garantía de la integridad psíquica de la recurrente, por lo que el recurso será acogido, en razón de resultar vulnerada la garantía contemplada en el N° 1 del artículo 19 de la Carta Fundamental”.

Por lo tanto, dice el fallo,  se revoca la sentencia apelada y “se acoge el recurso de protección deducido en lo principal del escrito de fs.1, debiendo la recurrida “Inmobiliaria Parques y Jardines S.A.”, con nombre de fantasía “Corporación ó Parque del Sendero”, abstenerse de efectuar en el futuro llamados telefónicos de cobros extrajudiciales de la presunta deuda que con ella mantiene la recurrente Sra. Valeria Solange Vallejos Reyes”.

 

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