En qué consiste el estricto proceso de calificación de enfermedades laborales
La nueva normativa obliga a cada mutual tener una comisión que califique el mal que aqueja al trabajador. Si se relaciona directamente con lo laboral, entonces ellos cubren todos los gastos.
Como una forma de unificar criterios de calificación la Superintendencia de Seguridad Social -Suceso- estableció un protocolo de normas mínimas de evaluación que deben cumplir en el proceso de calificación del origen de las enfermedades denunciadas como profesionales. Uno mucho más estricto de lo que existía antes.
La nueva normativa, que entró en vigencia en marzo, obliga a cada mutual tener una comisión que califique el mal que aqueja al trabajador. Para ello debe contar con un tres profesionales, dos de ellos médicos especialistas.
El comité debe pedir la realización de exámenes específicos para determinar si corresponde o no a una enfermedad relacionada con la profesión. Luego, el equipo tendrá un plazo de 30 días para dar a conocer el resultado del análisis.
Si la enfermedad se relaciona directamente con lo laboral, entonces ellos cubren todos los gastos. En caso contrario, si se trata de una de origen común, entonces el trabajador debe atenderse en el sistema de salud -Isapre o Fonasa- y poner plata de su bolsillo.
Salud mental
Insertos en una concepción de mundo en el que la producción manda, el trabajador, en ciertas situaciones, se puede sentir sobrepasado por una serie de factores psicosociales. En 2014, la mitad de las licencias médicas que se presentaron aludían a patologías relacionadas con estrés y depresión.
Precisamente en este aspecto, el comité de la mutual deberá recopilar más información para determinar si esa patología está asociada directamente con el trabajo o no. Aquí caben cuadros de estrés, depresión, ansiedad, trastornos de adaptación, entre otros. Para ello deberán hacer evaluaciones médicas y psicológicas y dentro del equipo debe haber sí o sí un psiquiatra, así como un psicólogo.
Ahora bien, cómo determinar si la enfermedad mental guarda o no relación con la situación laboral. La normativa indica que “es aquella producida directamente por los factores de riesgo psicosociales presentes en el ambiente de trabajo, en los cuales la exposición laboral es suficiente, independiente de factores de personalidad”. En esta categoría también se incluyen aquellas patologías desarrolladas a raíz de un accidente laboral o de trayecto.