Lo que viene para proyecto Minera Dominga tras rechazo de Comité de Ministros
Dentro de las competencias de los Tribunales Ambientales se establece que deberá conocer de la reclamación que se interponga en contra de la resolución del Comité de Ministros o del Director Ejecutivo.
A pesar de que hoy se conoció el rechazo a la implementación de la Minera Dominga, este no es el paso definitivo, ya que la empresa a cargo del proyecto podrá recurrir a los Tribunales Ambientales.
Dentro de las competencias de dicha entidad se establece que deberá “conocer de la reclamación que se interponga en contra de la resolución del Comité de Ministros o del Director Ejecutivo y conocer de las reclamaciones que interponga cualquier persona natural o jurídica en contra de la determinación del Comité de Ministros o Director Ejecutivo que resuelva el recurso administrativo cuando sus observaciones no hubieren sido consideradas en el procedimiento de evaluación ambiental”, entre otras.
Por la ubicación del proyecto, en la región de Coquimbo, el tribunal competente es el Primer Tribunal de Antofagasta, el cual conoce y resuelve las causas originadas además en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta y Atacama.
Dicho tribunal tiene fecha para su instalación a comienzos de septiembre de 2017, plazo que podría ser prorrogado, por razones justificadas, por otros 30 días.
Los ministros nombrados el 3 de julio de 2017 son Daniel Guevara Cortés, Mauricio Oviedo Gutierrez, Marcelo Hernández Rojas como titulares y Cristián Delpino Lira y Fabrizio Queirolo Pellerano como ministros suplentes.
Hasta que se instale este tribunal, la competencia sobre las regiones de la macrozona norte de Chile se mantiene en el Segundo Tribunal Ambiental, con sede en Santiago.
Los controladores del proyecto Dominga, la firma Andes Iron, señaló anteriormente que podrían recurrir a Tribunales Ambientales en caso que los ministros no resuelvan prontamente.
En una entrevista con El Mercurio de junio de este año, Iván Garrido, gerente general de Andes Iron, ya adelantaba la via judicial como una alternativa.
“Creemos que en los primeros días de agosto debiera el comité de ministros evaluar nuestra reclamación y emitir una resolución. Esperamos que revierta (la resolución del comité regional) el rechazo o lo confirme. Si pasados los 60 días hábiles no atiende nuestra reclamación, iríamos al Tribunal Ambiental. Si no adopta una decisión en ese lapso, no tiene ninguna sanción, y podrían pasarse muchos meses sin pronunciarse. En ese caso, los titulares tienen como vía el “silencio administrativo”, por el cual, dado que la autoridad no se pronunció, uno pasa a la siguiente instancia; es decir, el Tribunal Ambiental. Se entiende que si no se pronuncia, pasados 60 días hábiles el Comité de Ministros respalda el rechazo a Dominga, y pasaríamos al Tribunal Ambiental”, dijo Garrido en dicha entrevista.
La decisión del tribunal ambiental, a su vez, puede ser apelada posteriormente en la Corte Suprema.