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Actualizado el 11 de Octubre de 2017

Extranjeros condenados por clonación de tarjetas son expulsados de Chile

Por Redacción EL DÍNAMO
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La Corte de Apelaciones de Santiago decretó la expulsión del país de los ciudadanos colombianos Henry Parada Gutiérrez, Delio Chaverra Hincapie, Dubán Álvarez Mesa y Jhon Cortés López, quienes fueron condenados a penas de 5 años de presidio, como autores del delito de uso fraudulento de tarjeta de crédito.

En fallo unánime, la Duodécima Sala del tribunal sustituyó el cumplimiento de la pena efectiva, tras establecer que se cumplen los requisitos para decretar la expulsión del país de los condenados, quienes no tienen arraigo social ni laboral en el país.

Los delitos por los que fueron condenados fueron cometidos a partir del 1 de septiembre de 2016, cuando Transbank comenzó a recibir denuncias de clonaciones masivas en el sector oriente, específicamente en las comunas de Ñuñoa y Providencia. En total, se realizaron cerca de 120 denuncias de afectados que referían haber sido objeto de clonaciones, falsificaciones y uso de tarjetas, mediante la captación fraudulenta de su banda magnética, que arrojó perjuicios económicos tanto en giros bancarios con topes de $ 200.000.-, y otras transacciones por montos superiores que se llevaron a cabo en tiendas comerciales.

Una vez hecha la denuncia en el Ministerio Público, se analizaron las respectivas denuncias, identificaron las tarjetas afectadas logrando establecer la ubicación de los cajeros afectados y, finalmente, la detención de los delincuentes.

“Se trata de cuatro ciudadanos extranjeros (colombianos) que se encuentran en situación migratoria irregular en Chile, y no cuentan con arraigo social ni laboral, ya que no tienen familia en el país, y carecen de un trabajo estable. Esta Corte teniendo presente la normativa aplicable, el delito de que se trata, y de que igualmente al término de la condena serán expulsados administrativamente del país, además de carecer de arraigo social y laboral, es que acogerá ambos recursos de apelación, tanto de la querellante particular, como por el ministerio público, decretando la expulsión de los cuatro condenados”, señala el dictamen judicial.

En su decisión, el tribunal consideró que la expulsión, además de ser una pena sustitutiva, “tiende a reforzar el efecto de contra-motivación de la intención criminal, de la población de inmigrantes ilegales, toda vez que tiende a evitar que delincan a fin de no ser sancionados con la expulsión, de modo que viene a constituir un recurso intimidatorio”, se asegura en el fallo.

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