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Actualizado el 8 de Mayo de 2019

TC falla a favor de Raúl Schüler y podrá cumplir eventual condena por tenencia de armas en libertad

Y es que el empresario recurrió al organismo para presentar un recurso de inaplicabilidad y así dejar sin efecto un artículo de la Ley de Armas que no permite las penas sustitutivas para sus condenados.

Por Redacción
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El Tribunal Constitucional falló en favor de Raúl Schüler, quien es inculpado por la Fiscalía Regional de O’Higgins como autor de los delitos de receptación, infracción a Ley de Monumentos Nacionales y a la Ley de Control de Armas, por la presencia de cerca de 20 piezas de interés histórico reportadas como robadas en su fundo de San Francisco de Mostazal.

Y es que el empresario recurrió al organismo para presentar un recurso de inaplicabilidad y así dejar sin efecto un artículo de la Ley de Armas que no permite las penas sustitutivas para sus condenados, es decir, cumplir una pena en libertad, consignó Emol.

Así, tras su formalización por receptación e infracción a la Ley de Monumentos Nacionales y de Control de Armas, su abogado Carlos Cortés llegó hasta el TC para que se declare inaplicable el artículo, apuntando a la irreprochable conducta y la edad de Schüler.

De este modo, el Tribunal Constitucional falló en favor del empresario asegurando que “en consideración a diversos principios constitucionales, entre ellos el principio general de humanidad basado en el valor de la dignidad humana, y al hecho que la pena es, básicamente, privación o restricción de derechos personales o de bienes protegidos por la norma jurídica, la acción punitiva del Estado no debe propender a infligir el mal por sí mismo o el mero sufrimiento de aquel miembro de la sociedad que infringió la ley”.

“La disposición que restringe la aplicación de las penas sustitutivas de privación de libertad resulta desproporcionada e inequitativa respecto de personas condenadas e incluso por delitos de mayor gravedad; además es idónea para cumplir los fines de reinserción social y protección de la víctima que tiene la pena”, consigna la resolución.

Tras esto, desde el TC indicaron “que el empresario está acusado de varios delitos, entre ellos: Receptación de Monumentos Nacionales, Afectación a la integridad de Monumentos Nacionales, Tenencia ilegal de armas de fuego y municiones. Por este último -relacionado con la tenencia de armas- fue por el que acudió al Tribunal Constitucional. En consecuencia, el fallo del Tribunal Constitucional no se extiende a las penas  que puedan dictarse en los otros delitos”.

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