Corte Suprema confirmó multa contra Enel por corte masivo tras nevazón del 2017
La nieve en la Región Metropolitana generó la suspensión del servicio eléctrico en comunas del sector oriente de Santiago.
La Corte Suprema rechazó un recurso de reclamación y confirmó la multa de 70.000 UTM, más de $3.400 millones, aplicada por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) a la distribuidora Enel por la infracción gravísima al mantener sin servicio eléctrico a 23.359 clientes entre el 16 y 19 de junio de 2017.
Esto luego de la nevazón que afectó en aquella época a la Región Metropolitana, generando la suspensión del servicio eléctrico en comunas del sector oriente de Santiago por el fenómeno climático.
La Tercera Sala del máximo tribunal del país, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Ángela Vivanco y Álvaro Quintanilla, rechazó el recurso al considerar que no hubo ilegalidad al aplicar la sanción.
En fallo unánime se estableció que no “podrá prosperar la alegación de imprevisibilidad de los hechos esgrimida por la reclamante, pues se acreditó durante el procedimiento administrativo que la Superintendencia dio aviso previo a las concesionarias, mediante circular, de la proximidad del fenómeno meteorológico en cuestión, no pudiendo relacionarse su magnitud con la previsión de su ocurrencia”.
En la misma línea, la resolución argumenta que “el reproche formulado por la autoridad no se vincula con la interrupción del servicio de distribución de energía eléctrica, sino con la excesiva demora en su reposición, siendo este aspecto aquel cuya previsibilidad posee relevancia para efectos del castigo”.
Por su parte, desde la compañía, afirmaron que “Enel Distribución acudió a todas las instancias, tanto administrativas como judiciales, por lo que cumplirá la determinación del máximo tribunal”.