Senado aprobó veto sobre indulto conmutativo por causa del coronavirus
La iniciativa será votada ahora por la Cámara de Diputados. En caso de ser aprobada, quedaría en condiciones de ser remitido al Presidente de la República.
La Sala del Senado aprobó por 31 votos a favor, 4 en contra y 6 abstenciones las observaciones presidenciales al proyecto que establece un indulto general conmutativo a causa del coronavirus y que beneficiará a 1.300 internos en diversos centros penitenciarios del país.
La iniciativa será votada ahora por la Cámara de Diputados. En caso de ser aprobada, quedaría en condiciones de ser remitido al Presidente de la República.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional aún debe resolver un requerimiento presentado por parlamentarios de Chile Vamos, que consideran que el proyecto discrimina al no permitir que algunos condenados puedan acceder al beneficio, como los condenados por violaciones a los Derechos Humanos.
Cabe recordar que el origen de estas observaciones fue el rechazo de la Cámara Baja -por no alcanzar el quórum requerido- a una serie de disposiciones clave para la esencia de la iniciativa.
Tras esto, el Presidente Sebastián Piñera presentó presentó 7 observaciones, las que fueron aprobadas por unanimidad en la comisión de Constitución y luego por la Sala del Senado.
Entre estas destacan la exclusión del beneficio a los condenados asociación ilícita por narcotráfico, infracciones a la ley de control de armas y violencia intrafamiliar, junto con reiterar que los criminales de lesa humanidad no podrán acceder al indulto.
En su oportunidad, el titular de Justicia afirmó que es urgente tener “lo antes posible esta ley”, dada la “situación que hay en los recintos penitenciarios, necesitamos aliviar y que la población de riesgo pueda salir lo antes posible si cumple los requisitos de esta ley”.
El veto repuso las normas que establecen el indulto conmutativo y que facultan a Gendarmería para que fiscalice el cumplimiento de la medida.
Quien incumpla la reclusión total domiciliaria o reclusión domiciliaria nocturna, sin justificación a Gendarmería o al tribunal, deberá seguir el cumplimiento efectivo de la pena en un establecimiento penitenciario.