
En La Moneda, el presidente Sebastián Piñera firmó la promulgación de la ley que crea el registro nacional de deudores de pensión alimenticia en Chile, el cual, será administrado por el Registro Civil y dará cuenta de quienes adeuden tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.
La normativa, aprobada a principios de octubre por el Congreso, además contempla 10 nuevas sanciones contra los deudores de pensiones alimentarias.
Al respecto, el presidente Sebastián Piñera explicó que Chile, a partir de hoy, dará un paso importante para “hacer justicia con esos niños, adolescentes y madres” afectados por el no pago de las pensiones alimenticias.
“El objetivo es ayudar a esas familias obligando a los padres a cumplir con sus deberes con sus hijos y terminar con la impunidad en el no pago de pensiones de alimentos. Les va a hacer la vida muy difícil”, agregó el mandatario.
Las 10 sanciones contra deudores
- Al solicitar un crédito bancario por una suma igual o superior a 50 UF ($150 mil), la entidad financiera retendrá parte de los fondos para pagar la deuda.
- Durante el proceso devolución de impuestos, la Tesorería también retendrá parte del dinero que se adeude.
- Si el deudor vende su inmueble o su vehículo, el Conservador de Bienes Raíces o el Registro Civil, respectivamente, podrán inscribir el traspaso, solo en la medida que se les acredite que con las ganancias se pagarán los alimentos.
- No se les otorgarán licencias de conducir ni pasaportes, a menos que se acredite frente al tribunal la necesidad de tales documentos.
- Se retendrán las remuneraciones de los gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil cuando tengan deudas alimenticias.
- Se establece la inhabilidad para recibir determinados beneficios económicos o bonos por parte de órganos de la Administración del Estado.
- Los órganos de la Administración del Estado, Poder Judicial y Congreso Nacional que quieran realizar contrataciones, promociones o ascensos de su personal deberán consultar previamente dicho Registro, y en caso de la persona en cuestión sea deudora, para acceder al cargo retendrá un porcentaje de su sueldo para pagar la deuda de alimentos, hasta extinguirla completamente.
- En el caso de los trabajadores con contrato a honorarios y/o personas que reciban pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia, sufrirán retenciones de sus pagos para saldar las deudas de pensión alimenticia.
- Si una persona es despedida de su puesto de trabajo, y a la vez es deudora, pagará la pensión alimenticia a través de la indemnización por años de servicio.
- Finalmente, se establece como parte de la evaluación de idoneidad que se realiza a los solicitantes que postulen a la adopción de un niño, niña o adolescente, la verificación de no encontrarse inscritos en el Registro.