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9 de Mayo de 2023

¿Es fumar?: el debate que generó el proyecto que regula los vaporizadores con y sin nicotina

La nueva ley sobre estos dispositivos electrónicos está en poder del Senado después de la aprobación en la Cámara de Diputados.

Por Redacción EL DÍNAMO
Mientras en Chile el debate continúa respecto a si vapear es igual a fumar, los legisladores avanzan en una nueva ley. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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El debate que abre la utilización de vaporizadores se ha trasladado hasta el Congreso Nacional. Durante las últimas horas, los parlamentarios de la Cámara de Diputados y Diputados han discutido la regulación de estos dispositivos que, por ahora, se mantienen fuera de la legislación del tabaco.

Como resultado a las tratativas que se realizaron en Valparaíso, la moción legislativa que norma la venta, publicidad, consumo y seguridad de estos objetos avanzó en su tercer trámite y ahora está en poder del Senado para su revisión y posterior votación.

El proyecto modifica la ley que regula actividades del tabaco y propone un marco de regulación común con sus productos. Así se busca proteger a la ciudadanía de la exposición de emisiones, ya que el aerosol que inhalan y exhalan sus usuarios podría contener sustancias dañinas para la salud.

Es en este punto donde algunos usuarios y comerciantes se detienen para criticar la moción, pues aseguran que no existen estudios concluyentes sobre los efectos adversos del “vapeo pasivo”. En el Congreso, en tanto, a pesar del respaldo a la regulación, quedó en claro que la mayoría no ve estos dispositivos como inofensivos al contener algunas sustancias que podrían ser adictivas.

La ley que regula vapear

De acuerdo a lo expuesto en la Cámara de Diputados, este proyecto “reemplaza el concepto de cigarrillos electrónicos para homologarla a lo utilizado por la Organización Mundial de la Salud (OMS)”.

“El organismo los considera como productos de tabaco recalentado a los Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y los Sistemas Electrónicos sin Nicotina (SESN); incluyendo sus líquidos de vapeo, accesorios, partes e insumos”, agregaron.

Además, en el ámbito sanitario y legal, el Ministerio de Salud establecerá las restricciones, respecto a lugares y advertencias como también en la publicidad que puede ser incluida en los medios de comunicación. Por ejemplo, siempre debe advertir que la venta es exclusiva es para mayores de 18 años.

De aprobarse la ley, “se prohibirá la comercialización, el ofrecimiento, distribución o entrega a título gratuito de los productos de tabaco o sus accesorios a menores de 18 años. Dicha medida se extiende respecto a los SEAN y SESN, sus accesorios y líquidos de vapeo. Asimismo, se prohíbe la instalación y el uso de máquinas expendedoras de este tipo de productos y sus accesorios”.

Tampoco serán vendidos en establecimientos de salud, ya sean públicos o privados.

Por último, los envases de dispositivos electrónicos y todos sus accesorios o líquidos deberán contener una advertencia sobre la potencial adicción que ocasionan. Se prohibirá fumar o inhalar productos de tabaco con o sin nicotina en lugares públicos, salvo sus patios o espacios al aire libre.

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