¿En qué consiste el proyecto que busca limitar los funerales narco?
"Vamos a enfrentar la cultura narco en todas sus dimensiones. La seguridad de nuestros compatriotas no puede esperar", sostuvo el presidente Boric.
El presidente Gabriel Boric presentó este miércoles el proyecto de ley para limitar los funerales narco, propuesta que se suma al plan de demolición de “narco mausoleos” a lo largo de todo Chile.
“Vamos a enfrentar la cultura narco en todas sus dimensiones. La seguridad de nuestros compatriotas no puede esperar”, sostuvo el presidente Boric.
¿Qué dice el proyecto para limitar los narco funerales?
En concreto, el proyecto busca limitar el plazo y los lugares para llevar a cabo la sepultura en casos de funerales que presenten un riesgo para la seguridad y, al mismo tiempo, establecer criterios y condiciones para realizarlos.
La iniciativa establece que dentro de las 24 horas desde el fallecimiento, se deberá llevar a cabo la totalidad del proceso funerario, que contempla el traslado del fallecido desde el lugar del deceso o desde el Servicio Médico Legal, hasta el lugar donde se realizará la correspondiente sepultura o cremación.
La ceremonia o acto fúnebre deberá realizarse exclusivamente en las instalaciones del cementerio o crematorio legalmente autorizado donde será la sepultura o cremación del fallecido.
El Delegado Presidencial Regional respectivo se encargará de ordenar que la sepultura se realice dentro del plazo establecido, previo informe técnico de Carabineros, que en base a una evaluación caso a caso, definirá si se trata de un funeral de riesgo para la seguridad y el orden público.
¿Cómo se establecerá el nivel de riesgo de un funeral?
La metodología para establecer el nivel de riesgo del funeral y el contenido del informe que deberá emitir Carabineros de Chile se determinará en un reglamento elaborado por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
Además, se establece que el oficial del Registro Civil e Identificación, al momento de emitir el pase o licencia que autoriza la sepultura, deberá consignar el número y fecha de la resolución emitida por la o el Delegado Presidencial Regional respectivo, en la que se establezca la obligatoriedad de llevar a cabo la inhumación dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento.
El proyecto lista un catálogo de delitos que en caso de cometerse en el contexto de un funeral de riesgo, verán agravada su pena. Estos delitos son: la interrupción u obstaculización de la circulación en la vía pública, saqueos en establecimientos comerciales, riñas o peleas, y aquellos que portaren armas, fuegos artificiales, entre otros, imponiendo el máximo de la pena señalada por la ley a ese delito.