Los argumentos de la Corte Suprema para revocar la libertad condicional de Celestino Córdova
El máximo tribunal respaldó su fallo en el informe de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó la entrega del beneficio al machi Córdova.
La Corte Suprema informó que rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa del machi Celestino Córdova, quien fue condenado a 18 años de cárcel como autor del delito de incendio con homicidio del matrimonio Luchsinger Mackay y le negó el beneficio de la libertad condicional.
La Segunda Sala del máximo tribunal revocó la decisión de la Corte de Apelaciones de Temuco, que le concedió el beneficio a Córdova.
La Corte Suprema detalló en su fallo que el machi Celestino Córdova no ha asumido la autoría o conciencia de su actuación en los hechos por los cuales fue condenado, ni tampoco del mal causado.
Esto, tras conocer el informe de Gendarmería, donde se consigna que “el usuario no presenta autoría como tampoco conciencia del delito ni del mal ocasionado con su conducta, destacando que no presenta rasgos ni características de un trastorno sicopático. Mantiene un relato estructurado respecto del delito sin observarse variaciones en torno a esta temática, como tampoco culpa respecto del delito por el cual cumple condena. Sin embargo, presenta un rechazo explícito de las conductas de transgresión a las normas vigentes”.
En esta línea, el máximo tribunal precisó que, a pesar de la concesión de permisos intrapenitenciarios, “no ha sido útil para lograr la rehabilitación en los términos expuestos en la conclusión de la Comisión, esto es, un profundo proceso de cambio y reforma personal que va más allá de la ubicación física”.
Junto con ello, la Corte Suprema hizo énfasis que, a pesar de que Celestino Córdova cumple con los requisitos formales para optar a la libertad condicional, debe existir en él “un actuar proclive a la reinserción social, lo que no es compatible con la falta cuestionamiento que mantiene el amparado y que resulta revelado por el informe” de la Comisión de Libertad Condicional.
Ante este escenario, el machi Celestino Córdova deberá retornar a cumplir su condena al Centro de Estudio y Trabajo (CET) de Gendarmería en Vilcún, donde en encontraba en régimen semicerrado, dejando el penal los fines de semana.
Frente a la decisión de la Justicia, José Francisco Lagos, director ejecutivo del Instituto Res Publica, declaró que “es una buena noticia la sentencia de la Corte Suprema. La revictimización que causaba esta libertad condicional era un mal que no solamente afectaba a la familia, sino que a toda la sociedad que vio con preocupación y tristeza lo que ocurrió con el matrimonio Luchsinger – Mackay. El tenor de los hechos que conocimos entonces y que no haya arrepentimiento muestra que enfrentado a las mismas circunstancias Córdova podría volver a cometer un delito de este tipo u otro de similares características”.