Infraestructura crítica: reactivan estudio de reforma constitucional en el Senado
La disposición que determina que las Fuerzas Armadas no podrán asumir funciones de control o restablecimiento del orden público genera controversia en el Congreso.
La Comisión de Constitución del Senado reactivó el debate sobre la reforma que permite que el Presidente de la República pueda disponer que las Fuerzas Armadas resguarden infraestructura crítica y si bien existe un amplio consenso en torno a la propuesta, hay una disposición que genera diferencias y que derivó en que la iniciativa siga siendo analizada en una próxima sesión.
Después del traspié que sufrió la reforma sobre infraestructura crítica la semana antepasada, al no alcanzar los votos necesarios en la Cámara de Diputados, los senadores Carmen Gloria Aravena (IND), Ximena Rincón (DC), Álvaro Elizalde (PS), Kenneth Pugh (RN) y Jaime Quintana (PPD) presentaron una reforma para permitir la protección de infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas, en caso de peligro grave o inminente.
Si bien la moción incorpora el texto aprobado por ambas Cámaras con aspectos adicionales del veto sustitutivo que presentó posteriormente el gobierno y otros perfeccionamientos, existe una norma que generó diferencias entre los senadores y también el Ejecutivo.
Se trata de una disposición que deja claramente determinado que las Fuerzas Armadas no podrán asumir funciones de control o restablecimiento del orden público en el contexto del resguardo de la infraestructura pública.
Ello, a juicio del Ejecutivo y de algunos senadores genera una deficiencia desde el punto de vista operativo y le resta aplicabilidad a la propuesta, pues se podría dar el caso que personas que intentan destruir infraestructura pública no puedan ser sujeto de controles de identidad, entre otras medidas.
Es por ello, que se acordó continuar el debate en una próxima sesión y analizar la posibilidad de presentar indicaciones.
Propuesta de infraestructura crítica
La propuesta de los senadores- que se fusionó con otra en la misma línea del senador Francisco Chahuán (RN) – establece la facultad del Presidente de la República de disponer, decreto supremo, suscrito por los ministros del Interior y Seguridad Pública, y de Defensa Nacional, la protección de la infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas cuando exista peligro grave o inminente a su respecto.
En segundo lugar, define infraestructura crítica como el conjunto de instalaciones, sistemas o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica, al medioambiente o a la seguridad del país.