La contundente respuesta de la Corte Suprema al presidente Boric por indulto a Jorge Mateluna
La decisión del mandatario abrió un nuevo problema para el Gobierno.
El indulto de Jorge Mateluna, ex miembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), quien fue condenado a 16 años de cárcel por el robo de una sucursal del Banco Santander en junio de 2013, ha traído más de algún problema al presidente Gabriel Boric y La Moneda.
Primero, la oposición de alejó de las conversaciones para concretar un acuerdo transversal por la seguridad pública. Y ahora, durante la jornada de este martes 3 de enero, la Corte Suprema cuestionó las palabras que mencionó el mandatario para referirse a la decisión de dejar en libertad a esta persona vinculada décadas antes al FPMR.
“Yo tengo la más profunda convicción de que en el juicio a Jorge Mateluna hubo irregularidades y una valoración de la prueba que no estuvo a la altura de la justicia. Esto no es una opinión personal ni algo que yo haya discutido de manera individual, sino que es la opinión de todos los juristas que se han acercado con seriedad al caso y, por lo tanto, invito a todos quienes quieran a revisar los antecedentes que hay respecto a esto. Tengo la plena convicción de la inocencia de Jorge y por eso hemos llevado adelante este indulto“, fue la explicación del mandatario.
En este contexto, la Corte Suprema respondió a estas palabras. “Atendidas las expresiones efectuadas por el presidente de la República, reproducidas en algunos medios de comunicación los días 1 y 2 de enero del actual, en que cuestiona los fundamentos y la regularidad de un proceso judicial afinado (caso Mateluna), la Corte Suprema se ve en la necesidad de recordar lo dispuesto en el inciso 1° del artículo 76 de la Constitución Política de la República”, son palabras con las que el máximo tribunal del país cuestiona las frases de Boric.
El detalle de la Corte Suprema
“La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”, reza una parte del comunicado que hizo público la Corte Suprema.
Asimismo, este órgano superior del Poder Judicial entregó un acta que incluye los nombres de todos los magistrados, donde destaca Leopoldo Llanos. “Se previene que el ministro señor Llanos estuvo por no emitir declaración pública, sin perjuicio de hacer presente en forma privada al presidente de la República la inconveniencia de efectuar las expresiones que fueron reproducidas por los medios de prensa respecto de las actuaciones de este Poder del Estado.