Consejo Constitucional: cuáles artículos pasaron a comisión mixta y qué se aprobó directamente
Entre las normas que pasaron a dicha instancia están las de exención de pago de contribuciones, la paridad y la expulsión de migrantes.
Varias fueron las observaciones de la Comisión Experta que no alcanzaron los porcentajes necesarios para ser aprobadas o rechazadas por el Consejo Constitucional, por lo que pasaron a la comisión mixta.
Entre aquellas que revisará esta instancia, que conformarán seis expertos y seis consejeros, se cuentan la exención de pagos de contribuciones, la paridad y la expulsión de migrantes.
Contribuciones, paridad, migrantes: no se logró acuerdo
Respecto del primer caso, que establece la exención del pago de contribuciones a la vivienda principal, la observación de los expertos apuntó a suprimirla del texto constitucional. Pero desde el Partido Republicano se insistió en reponerla en el texto.
En cuanto al tema de la paridad, también se rechazó la norma que apuntaba a que “la ley asegurará el acceso igualitario de mujeres y hombres a los mandatos electorales, así como su participación en condiciones igualdad en distintos ámbitos de la vida nacional”. “El Estado garantizará el ejercicio de la participación política de las mujeres“, dice el texto que ahora deberá revisar la comisión mixta.
También se rechazó la observación que contempla la expulsión inmediata de inmigrantes que ingresen por pasos no habilitados a Chile. Aquello, “salvo en los casos de refugio o asilo expresamente contemplados en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”.
La misma normativa establece a la vez que “los extranjeros que cometan un crimen dentro del territorio nacional y sean condenados a presidio efectivo, deberán cumplir la pena en su país de origen“.
Reelección de autoridades
Otro de los asuntos que paso a la comisión mixta tiene que ver con la posibilidad de reelección de autoridades.
Aquello, luego de que el artículo 156 elimina la posibilidad de reelección para consejeros regionales, gobernadores, alcaldes y concejales si cumplieron el máximo de dos períodos estipulado en la ley y buscan la elección en otras regiones o comunas.
Otra de las indicaciones que rechazó el Consejo Constitucional fue la del artículo 3, en que se establece que “el Estado de Chile adopta para su Gobierno la República Democrática, con separación de poderes y un régimen presidencial. La soberanía reside en el pueblo y se ejerce por éste a través de elecciones periódicas, plebiscito, mecanismos de participación y de las autoridades que esta Constitución establece. Ningún sector del pueblo, persona o grupo puede atribuirse su ejercicio exclusivo”.
Además, los consejeros enviaron a comisión mixta la observación con la que se buscó suprimir la expresión “o grave amenaza terrorista” como razón para que el presidente de la República decrete en el país estado de asamblea, según lo determina el artículo 31 del capítulo II.
Observaciones aceptadas
Por otra parte, entre las observaciones que aceptó el pleno del Consejo Constitucional estuvo la de dejar en el artículo primero la cláusula del Estado social.
Según se indicó, los incisos en dicha norma quedaron integrados por:
- La dignidad humana
- La familia como núcleo de la sociedad
- El Estado social
- La autonomía de los cuerpos intermedios
- La servicialidad del Estado
- La remoción de obstáculos
También aprobó la eliminación de la norma sobre la justicia militar, la que incluso criticó la Corte Suprema, pues no estaba claro que únicamente se refería a militares y no a civiles.
Cabe recordar que cada observación se aprobaba con 3/5 de apoyo y se rechazaba por 2/3.