Reforma de pensiones: cómo se distribuirá el 8,5% adicional propuesto por Hacienda
La Comisión de Trabajo del Senado aprobó por unanimidad la idea de legislar, tras el acuerdo alcanzado entre el Ejecutivo y Chile Vamos.
La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado aprobó, por unanimidad, la idea de legislar la reforma de pensiones presentada por el Gobierno. Esto, tras la presentación de las indicaciones que consolidan el acuerdo alcanzado con Chile Vamos para sacar adelante la iniciativa.
Su votación en particular se iniciará este jueves, para su posterior revisión en la Comisión de Hacienda y luego ser votada en la Sala del Senado, en un hecho que fue calificado como “histórico” por el Ejecutivo.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, aseguró que “luego de meses que han sido intensos, que han sido largos, en que ha habido un trabajo técnico y político importante entre el Ejecutivo, entre los parlamentarios del oficialismo, a quienes agradecemos toda su entrega y colaboración, entre los parlamentarios de la oposición, en particular de Chile Vamos, que también han estado disponibles para dialogar y concordar, hemos encontrado puntos de acuerdo que nos permiten sacar adelante esta reforma”.
Por su parte, Mario Marcel, titular de Hacienda, precisó que la reforma de pensiones “va a beneficiar a un universo cercano a los 2,8 millones de adultos mayores, que van a incrementar sus pensiones entre un 14% y un 35%. Si queremos comparar, recordemos que en 2008, cuando se creó el Pilar Solidario, se benefició alrededor de 480.000 pensionados, con un beneficio máximo de $60.000. Además del aumento de la vejez, vamos a tener alrededor de 900.000 afiliados que han cotizado con mayor regularidad y que van a recibir el beneficio por tiempo cotizado, y cerca de 800.000 mujeres que van a percibir el bono tabla”, aseguró.
Principales contenidos de la reforma de pensiones
Las indicaciones ingresadas abordan diversos aspectos, como la nueva cotización adicional de 8,5%, su estructura y distribución, las regulaciones a las industria, el aumento de la PGU y su gradualidad y materias relacionadas a la institucionalidad, entre otros.
En cuanto a regulación de la industria, se buscan incentivos para el ingreso de administradores de fondos de pensiones, aumentando el número de estos y, por tanto, mejorando la competencia y reduciendo los costos para los afiliados.
En cuanto a los limitantes se determinó que las administradoras no podrán pertenecer al mismo grupo empresarial que otra. Tampoco podrán invertir en activos emitidos o intermediados por las entidades que forman parte de su grupo empresarial.
En otro ámbito, se sustituye el sistema de multifondos por un esquema de Fondos Generacionales. En estos últimos, cada fondo sigue un esquema de inversión que va evolucionando, volviéndose cada vez más conservador conforme sus afiliados se acercan a la edad de retiro. En este aspecto, las comisiones que paguen los afiliados serán variables en atención a si el fondo de pensión pierde o gana.
Se establece también un sistema de premios y castigos para incentivar que el desempeño de los inversores esté alineado con lograr la mejor rentabilidad para los afiliados.
Las enmiendas ingresadas también abordan la licitación del stock de afiliados. Esta se materializará en procesos cada dos años, en los cuales se licitará el 10% de los afiliados actuales, seleccionados aleatoriamente. A fin de promover una baja en las comisiones, se adjudicará la administración del ahorro previsional de este grupo al oferente con la menor comisión, el cual deberá mantener dicho precio por 5 años. Los afiliados licitados podrán desistir de la licitación o cambiarse de inversor en cualquier momento.
Distribución del nuevo 8,5% adicional
En el actual régimen previsional de pensiones prácticamente la totalidad de los aportes recaen en trabajadores quienes cotizan por el 10% de sus remuneraciones imponibles. En un régimen relacionado, en tanto, los empleadores realizan un aporte en torno al 1,5% de la remuneración imponible del trabajador para el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Con la propuesta del Gobierno, a ese 1,5% que ya contribuyen para el SIS, la reforma de pensiones agrega una nueva cotización de los empleadores de 7% de la remuneración imponible.
Con esta nueva cotización de 7% se creará un Seguro Social que entregará beneficios para mejorar las pensiones de los actuales jubilados y compensará a las mujeres por su mayor expectativa de vida. Esta nueva cotización se aplicará gradualmente en un plazo de 9 años para acotar el efecto en las Pymes y el empleo.
Así, la cotización total del empleador (considerando el 1,5% actual del SIS y la nueva cotización de 7%) será de 8,5% y tendrá la siguiente estructura:
- 2,5% al SIS. Estará compuesto del 1,5% que actualmente paga el empleador y 1% proveniente de la nueva cotización del empleador, de 7%. Con esto se financiarán las prestaciones habituales del SIS —invalidez y sobrevivencia— y la nueva compensación a mujeres por mayor expectativa de vida. El SIS pasará a ser parte del Seguro Social.
La compensación a mujeres por la mayor sobrevida resultará en que una mujer y un hombre que se jubilan a los 65 años con el mismo ahorro e igual grupo familiar obtengan la misma pensión, con un valor mínimo de 0,25 UF (aproximadamente $10.000 mensuales).
- 1,5% al Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida, que también será administrado por el Seguro Social, con el que se financiará el beneficio de 0,1 UF por año cotizado.
El Beneficio por Año Cotizado tendrá un tope de 25 años cotizados (2,5 UF). El requisito será de 13 años para las mujeres y de 20 años para los hombres. Se aplicará íntegramente por los primeros 20 años y de modo decreciente por los siguientes 10.
El Aporte Diferido con Rentabilidad Protegida será integrado a la pensión del trabajador a cuyo nombre se hayan efectuado las cotizaciones una vez que este se pensione, incrementado con correspondientes intereses y reajustes.
- 4,5% a ahorro individual para mejorar las pensiones futuras.
De este modo, el Seguro Social será receptor de cuatro puntos porcentuales del total aportado por el empleador (8,5% de la remuneración imponible).
Reforma de pensiones y el aumento de la PGU
Uno de los principales aspectos de la reforma de pensiones es el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000, con una gradualidad para la implementación del aumento y para el acceso a la PGU a los beneficiarios de las leyes reparatorias (Valech, Rettig y exonerados políticos).
A los seis meses de publicada la ley, el aumento lo recibirán los beneficiarios de PGU de 82 años o más y los beneficiarios de leyes reparatorias con el mismo corte etario.
A los 12 meses posteriores al inicio de la transición, se incorporan al nuevo valor de la PGU los beneficiarios de 75 años o más y accederán los beneficiarios de leyes reparatorias con el mismo corte etario. A los 24 meses del inicio de la transición, recibirán el aumento las personas de 65 años o más al nuevo valor de PGU y la comenzarán a recibir los beneficiarios de leyes de reparación del mismo corte etario.