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2 de Abril de 2024

Nuevas acreencias bancarias: revisa con tu RUT si te corresponde dinero

Banco Falabella y Banco de Crédito e Inversiones (BCI), dieron a conocer las nuevas acreencias bancarias.

Por Gabriela Romo
En caso de los montos que correspondan a fallecidos hay que acreditar la posesión efectiva. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) lanzó el listado de acreencias bancarias con los datos proporcionados por bancos y cooperativas de ahorro y crédito.

¿Qué son las acreencias bancarias?

Son fondos a favor de terceros que son depositados en entidades financieras y no han sido reclamados o se muestran inactivos durante cierto periodo de tiempo.

En ese sentido, la Ley General de Bancos señala que “tras dos años en que un depósito, captación o cualquier otra acreencia a favor de terceros no haya tenido movimiento o no haya sido cobrada, debe ser informada mediante al Diario Oficial y a la CMF”.

Según información de la CMF, hay 211.604 acreencias en 18 instituciones supervisadas en 2024, que suman $104.908.830.721. Además, hay acreencias en monedas extranjeras: 10.798.220 dólares de Estados Unidos y 690.333 euros.

Nuevas acreencias

Banco Falabella y Banco de Crédito e Inversiones (BCI), dieron a conocer las nuevas acreencias bancarias disponibles para la revisión del listado por parte de la población.

Estas dos entidades bancarias, se suman a Banco Estado, Coopeuch, Banco Security, Tapp, AhorroCop y otros bancos que ya dieron a conocer el listado de personas con dineros olvidados.

Revisa con tu nombre o RUT si tienes acreencias bancarias

Para revisar si tienes alguna acreencia bancaria 2024, debes ingresar a ESTE LINK de la CMF y escribir tu nombre completo o RUT.

En caso que existan dineros no cobrados, se desplegará un listado de los bancos y el monto de dinero que todavía no se ha cobrado.

¿Cómo se cobran las acreencias bancarias?

Quienes posean acreencias bancarias 2024, tendrán que presentarse directamente a la entidad bancaria con su cédula de identidad.

En el caso de los montos que correspondan a personas fallecidas, quienes soliciten el cobro tendrán que acreditar la posesión efectiva.

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