¿Vendes por Instagram o Facebook?: este es el plazo para formalizarse ante el SII
Esta norma no aplica, por ejemplo, para tesoreros de curso, o quienes realicen actividades solidarias, sociales o rifas.
En el marco de la Ley de Cumplimiento Tributario, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio a conocer los plazos para que las personas que venden productos de manera informal, como Instagram o Facebook, regularicen su situación.
El objetivo de esta nueva norma es evitar la evasión de impuestos y combatir la informalidad de las compras y ventas.
De esta forma, la Ley de Cumplimiento Tributario obligará a los bancos a informar los contribuyentes que:
- Reciban en un mismo día, semana o mes, 50 o más transferencias de personas distintas
- Reciban 100 transferencias dentro de un mismo semestre
- El monto de las operaciones reportadas.
Junto a ello, agregaron que esta norma no aplica, por ejemplo, para tesoreros de curso, o quienes realicen actividades solidarias, sociales o rifas.
¿Cuál es el plazo para formalizarse si vendo por Instagram o Facebook?
El SII explicó que el plazo para cumplir con la obligación de Iniciar Actividades es durante los dos primeros meses en que se comienza a desarrollar esa actividad.
En ese sentido, el SII alertó que la venta de productos sin inicio de actividades y sin dar boleta “expone a multas y sanciones tributarias”.
Qué rubros deben formalizarse ante el SII
- Venta productos por internet, ya sean de elaboración propia o adquiridos de terceros
- Servicios en plataformas web, redes sociales, Instagram, Facebook o páginas de comercio vía internet
- Tienda física en la que venden productos o entregan servicios
- Servicios profesionales o de otro tipo a terceros y reciben un pago.