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30 de Octubre de 2024

¿Vendes por Instagram o Facebook?: este es el plazo para formalizarse ante el SII

Esta norma no aplica, por ejemplo, para tesoreros de curso, o quienes realicen actividades solidarias, sociales o rifas.

Por Gabriela Romo
El objetivo de esta nueva norma es evitar la evasión de impuestos. AGENCIA UNO/ ARCHIVO
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En el marco de la Ley de Cumplimiento Tributario, el Servicio de Impuestos Internos (SII) dio a conocer los plazos para que las personas que venden productos de manera informal, como Instagram o Facebook, regularicen su situación.

El objetivo de esta nueva norma es evitar la evasión de impuestos y combatir la informalidad de las compras y ventas.

De esta forma, la Ley de Cumplimiento Tributario obligará a los bancos a informar los contribuyentes que:

  • Reciban en un mismo día, semana o mes, 50 o más transferencias de personas distintas
  • Reciban 100 transferencias dentro de un mismo semestre
  • El monto de las operaciones reportadas.

Junto a ello, agregaron que esta norma no aplica, por ejemplo, para tesoreros de curso, o quienes realicen actividades solidarias, sociales o rifas.

¿Cuál es el plazo para formalizarse si vendo por Instagram o Facebook?

El SII explicó que el plazo para cumplir con la obligación de Iniciar Actividades es durante los dos primeros meses en que se comienza a desarrollar esa actividad.

En ese sentido, el SII alertó que la venta de productos sin inicio de actividades y sin dar boleta “expone a multas y sanciones tributarias”.

Qué rubros deben formalizarse ante el SII

  • Venta productos por internet, ya sean de elaboración propia o adquiridos de terceros
  • Servicios en plataformas web, redes sociales, Instagram, Facebook o páginas de comercio vía internet
  • Tienda física en la que venden productos o entregan servicios
  • Servicios profesionales o de otro tipo a terceros y reciben un pago.

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