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5 de Noviembre de 2024

Cómo se regulan las cuentas no bancarias que quedan fuera de las 50 transferencias del SII

Según la normativa vigente, las tarjetas Tenpo, Mercado Pago y Copec Pay no deberán informar al SII sobre la cantidad de transferencias electrónicas que realizan sus clientes.

Por Gabriela Romo
Uno de los objetivos de estas cuentas es que promueven la inclusión financiera. CAPTURAS.
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La promulgada Ley de Cumplimiento Tributario reveló que hay tres tipos de cuentas no bancarias o de prepago que quedan fuera del cobro de las 50 transferencias al mes que fiscalizará el Servicio de Impuestos Internos (SII).

Según la normativa vigente, las tarjetas prepago como Tenpo, Mercado Pago y Copec Pay no deberán informar al ente fiscalizador sobre la cantidad de transferencias electrónicas que realizan sus clientes.

Cómo funcionará la Ley de Cumplimiento Tributario

La ley tiene por objetivo principal evitar la evasión de impuestos y combatir la informalidad de las compras y ventas.

De esta forma, la normativa obligará a los bancos a informar los contribuyentes que:

  • Reciban en un mismo día, semana o mes, 50 o más transferencias de personas distintas
  • Reciban 100 transferencias dentro de un mismo semestre
  • El monto de las operaciones reportadas.

Sin embargo, debido a un vacío en la ley, los tres tipos de cuentas no bancarias mencionadas anteriormente quedan fuera del cobro.

¿Qué tipo de cuenta es una tarjeta prepago o no bancaria?

Una tarjeta prepago, también conocida como no bancaria, tiene beneficios similares a las tarjetas de débito pero no están vinculadas a una cuenta de banco.

Se trata de una tarjeta a la que puedes cargar el monto que quieras y que podrás usar con toda libertad hasta agotar el saldo.

Cómo se regulan las cuentas no bancarias o tarjetas de prepago

El 2017, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras aprobó que las empresas no bancarias pudieran emitir sus propias tarjetas de prepago.

Uno de los objetivos de la aparición de estas cuentas es que promueven y aportan a la inclusión financiera de los chilenos que no están bancarizados.

Junto a ello, a mediados de este año, el Banco Central de Chile actualizó la regulación de Emisión y Operación de Tarjetas de Pago con la Ley 21.365

De esta forma, se regularon las siguientes puntos:

Transferencias electrónicas para las Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos

Los emisores de Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos (Tarjetas de Prepago), podrán desarrollar esquemas de pago en los cuales se utilicen las tarjetas que emitan para efectuar transferencias de fondos entre las cuentas del propio emisor. 

Junto a ello, la reserva de liquidez para emisores no bancarios de Tarjetas de Prepago exige mantener un monto determinado en las cuentas.

Actualización de la regulación aplicable a los Proveedores de Servicio de Pago (PSP)

A partir de ahora, los PSP que liquiden pagos a comercios deberán constituirse como Operadores de Tarjetas de Pago e inscribirse en el Registro de Operadores de Tarjetas de Pago que lleva la Comisión para el Mercado Financiero.

Regulación de la adquirencia transfronteriza

Se establecen las condiciones para que los operadores constituidos en Chile puedan realizar directamente la afiliación y transferir pagos a comercios en el exterior. Para tales efectos, los operadores deberán estar inscritos en el Registro, sólo se podrán procesar desde Chile transferencias electrónicas efectuadas con tarjetas emitidas en el país y siempre y cuando la actividad no esté prohibida en los países de destino.

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