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13 de Julio de 2022

Comisión de Deportes aprobó prohibir publicidad de apuestas en el fútbol

Los diputados de la instancia respaldaron el proyecto de ley que busca eliminar cualquier referencia de las casas de apuestas en el fútbol u otra actividad deportiva.

Por Sebastián Dote
Algunos equipos de Primera División portan publicidad de casas de apuestas. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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La comisión de Deportes de la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que busca prohibir la publicidad de casas de apuestas en el fútbol y otras actividades deportivas.

En el detalle, la propuesta pretende prohibir cualquier tipo de publicidad o patrocinio de estas casas de apuestas, en eventos presenciales; transmisiones en televisión, radio o streaming; y en camisetas o equipamiento deportivo.

De avanzar el proyecto, significará un cambio importante en el fútbol chileno, ya que varios clubes de la Primera División están auspiciados por este tipo de empresas. Universidad de Chile, por ejemplo, lleva la marca Betano en su indumentaria.

Colo Colo, en tanto, firmó un contrato por dos temporadas con la empresa Coolbet. Si el proyecto prospera, el elenco albo debería aplicar una nueva modificación a su uniforme, considerando que se estableció una ley que también prohíbe la promoción de bebidas alcohólicas en espacios deportivos.

El impacto de esta eventual prohibición iría más allá de los clubes, ya que el Campeonato de la Primera B es auspiciado por una casa de apuestas, llevando como nombre comercial “Ascenso Betsson”.

El proyecto fue aprobado por la comisión de Deportes de forma unánime, quedando sujeto a indicaciones hasta el 18 de julio.

La publicidad con el alcohol

En 2021 entró en vigencia una nueva ley de alcoholes, que impuso fuertes barreras para la publicidad del producto, incluyendo al deporte.

La legislación estableció la prohibición de cualquier forma de publicidad de bebidas alcohólicas en actividades deportivas, con excepción de eventos deportivos internacionales de carácter mundial, continental o regional.

Además, los artículos deportivos destinados a ser distribuidos masivamente, como camisetas y uniformes, y aquellos objetos promocionales vinculados a toda clase de actividades deportivas no podrán contener imágenes ni hacer alusión a sus marcas o productos.

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