Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el cierre de la Universidad La República
El tribunal de alzada rechazó un reclamo de ilegalidad que había presentado la casa de estudios en contra de la Superintendencia de Educación Superior.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de ilegalidad que había presentado la Universidad La República contra la Superintendencia de Educación Superior, dando así luz verde al proceso de cierre del plantel que había sido anunciado en marzo de 2021.
Las autoridades habían rechazado el plan de recuperación presentado por la casa de estudios, proponiendo al Ministerio de Educación (Mineduc) iniciar proceso de revocación del reconocimiento oficial y de cancelación de la personalidad jurídica de la universidad privada.
Frente a esta decisión, la rectoría decidió llegar a la justicia apuntando a una eventual ilegalidad en la decisión tomada, la que se basó en la profunda crisis financiera e institucional que mantenía la casa de estudios.
En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Hernán Crisosto, Hernán López y el abogado (i) Jorge Benítez– descartó actuar arbitrario del ente regulador.
Dentro de sus argumentos, la corte santiaguina señaló que “no resulta posible clarificar de manera alguna de qué forma la Universidad La República pretendía dar respuesta efectiva a las deficiencias identificadas en el procedimiento administrativo sustanciado en su contra, como tampoco permite evidenciar la existencia de capacidades instaladas ni los recursos financieros indispensables para la ejecución de lo declarado en él”.
“Tal es la razón por la cual la Superintendencia de Educación concluyó que las deficiencias que presentaba el citado, y pretendido, Plan de Recuperación implicaban que no podían ser subsanadas en el lapso de 15 días que el artículo 5 de la Ley N° 20.800 prevé para remediar eventuales observaciones a este tipo de instrumentos, por cuanto no se cumplen los requisitos legales y reglamentarios exigidos para tales efectos”, añadió.
Además, la resolución judicial estableció que “resulta evidente que la reclamante (la universidad) ya no cuenta con los recursos docentes, didácticos, económicos, financieros y físicos necesarios para ofrecer los grados académicos y los títulos profesionales que pretende otorgar, revelando un deterioro sistémico irreversible, que ha tornado inviable el desarrollo del proyecto educativo, razón por la cual se estimaron incumplidos sus objetivos estatutarios”.